RESOLUCIÓN 680 2012 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

ASIGNA DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - CALLE ARENALES ENTRE REPÚBLICA ÁRABE SIRIA Y AV SCALABRINI ORTIZ - CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL - PROHÍBASE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - FECHA DE IMPLEMENTACIÓN DÍA 15 DE NOVIEMBRE 2012 - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Publicación:

27/11/2012

Sanción:

15/11/2012

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

El Expediente N° 2343933/2012; y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo se propicia reasignar doble sentido circulatorio a la calle Arenales

entre la calle República Arabe Siria y la Av. Scalabrini Ortiz, con la finalidad de brindar

mayor fluidez al tránsito vehicular que por allí circula, y facilitar la accesibilidad a los

vecinos frentistas;

Que asimismo propicia invertir el actual sentido de circulación de la calle Arenales

entre la Av. Scalabrini Ortiz y la calle Billinghurst, asignándosele sentido de Oeste a

Este, otorgándole continuidad respecto del tramo subsiguiente, hasta la Av. Callao;

Que como consecuencia del nuevo ordenamiento circulatorio, resulta necesario

prohibir el estacionamiento general de vehículos, junto al cordón de la acera derecha

en la calle Arenales entre la calle Bulnes y la Av. Coronel Díaz;

Que adicionalmente, corresponde permitir el estacionamiento junto al cordón de la

acera izquierda de la calle Arenales entre las calles Bulnes y Gerónimo Salguero, a los

fines de aumentar la oferta de espacios, en esta zona de elevada demanda.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esa

Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Exclúyese con carácter transitorio y experimental, por el término de 90

días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del

Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido

único de circulación, al siguiente tramo de arteria, reasignándosele doble sentido de

circulación a la calle Arenales entre la calle República Arabe Siria y la Av. Scalabrini

Ortiz.

Artículo 2°.- Inviértase, el sentido circulatorio de la calle Arenales entre la Av.

Scalabrini Ortiz y la calle Billinghurst con carácter transitorio y experimental, por el

término de noventa (90) días corridos, a partir de la fecha de su implementación,

estableciéndose con sentido Oeste a Este.

Artículo 3°.- Prohíbese el estacionamiento general de vehículos, con carácter

transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos contados a partir de la

fecha de implementación, de 07 a 21 hs. junto al cordón de la acera derecha, según el

sentido circulatorio, en la calle Arenales entre la calle Bulnes y la Av. Coronel Díaz.

Artículo 4°.- Permítase el estacionamiento general de vehículos, durante las 24 hs.

junto al cordón de la acera izquierda, según el sentido circulatorio, de la calle Arenales

entre las calles Jerónimo Salguero y Bulnes.

Artículo 5°.- El presente ordenamiento tendrá fecha de implementación, el día 15 de

noviembre d 2012, una vez instalado, el señalamiento correspondiente por parte de la

Gerencia Operativa de Señalamiento Vial, perteneciente a la dirección General de

Tránsito.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por

intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control,

comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de

Transporte quien procederá a comunicar esta Resolución a la Comisión Nacional de

Regulación del Transporte, y agrupaciones de taxímetros, a la Dirección General de

Tránsito, a la Policía Federal Argentina, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la

Dirección General de Seguridad Vial y al Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y

el Transporte. Cumplido, archívese. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 680-SSTRANS-12 excluye con carácter transitorio y experimental, por el término de 90días corridos, a partir de la fecha de su implementación, las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407-47, reasignándosele doble sentido de circulación a la calle Arenales entre la calle República Arabe Siria y la Av. ScalabriniOrtiz.