LEY 4355 2012
Síntesis:
INSTITUCIÓN DE DÍAS - INSTITUYE EL DÍA DE LA MUJER AFRO - 25 DE JULIO DE CADA AÑO - EFEMÉRIDES - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - INCORPORACIÓN AL CALENDARIO ESCOLAR - MUJERES AFRICANAS - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)
Publicación:
27/12/2012
Sanción:
15/11/2012
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
11/12/2012
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
Artículo 1°.-Instituyese el 25 de julio como el "Día de la Mujer Afro" en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2°.- La Dirección General de la Mujer dependiente del Ministerio de Desarrollo
Social de la Ciudad de Buenos Aires, desarrollará distintas actividades en el marco de
la celebración de dicho día.
Art. 3°.- Incorpórase el día 25 de julio, con la denominación citada en el artículo 1°, al
calendario escolar.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del
Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 4355 (Expediente N° 2545055/12),
sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión
del día 15 de Noviembre de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 11
de Diciembre de 2012.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese
copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la
Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Educción y
para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Social.
Cumplido, archívese. Clusellas