LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2012

Síntesis:

CATALOGACIÓN - CATALOGAN INMUEBLES CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INMUEBLES SITOS EN LA CALLE SALTA 1064 -  1074 - 1082  - 1024 - INCORPORA INMUEBLES AL LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS SINGULARES - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

Publicación:

04/01/2013

Sanción:

13/12/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo

10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento

Urbano, los inmuebles sitos en la calle Salta 1064, Nomenclatura Catastral: Sección

14, Manzana 056, Parcela 018, Salta 1074, Nomenclatura Catastral: Sección 14,

Manzana 056, Parcela 019, Salta 1082, Nomenclatura Catastral: Sección 14, Manzana

056, Parcela 020 y Salta 1024, Nomenclatura Catastral: Sección 14, Manzana 056,

Parcela 013.

Art.2°.- Incorpórase los inmuebles catalogados por el Artículo 1° al Listado de

Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto

en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo

1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Art. 4°.- Las Fichas de Catalogación N° 14-056-018, N° 14-056-019, N° 14-056-020 y

N° 14-056-013 forman parte de la presente Ley como Anexo I.

Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4067

Tipo de relación

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