RESOLUCIÓN 39 2013 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS - INVIERTE SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL - CALLE ONCATIVO ENTRE LA AV. AMANCIO ALCORTA Y LA AV. VÉLEZ SARSFIELD DE O A E.
Publicación:
05/02/2013
Sanción:
30/01/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N° 260629/2013 y,
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, se propone reordenar la circulación de vehículos, en la calle
Oncativo, la que es utilizada por vehículos pesados que circulan en dirección a la Av.
Vélez Sarsfield, para evitar la espera en los semáforos de su cruce con la Av. Amancio
Alcorta;
Que, la calzada de la calle Oncativo en el sector que nos ocupa, no está preparada
para soportar tránsito de vehículos pesados, afectando las vibraciones a las
edificaciones del lugar,
Que para evitar lo antedicho y dar prioridad de uso a la Av. Amancio Alcorta que forma
parte de la Red de Tránsito Pesado, se propone invertir el actual sentido de circulación
del siguiente tramo de arteria:
Calle Oncativo entre Av. Amancio Alcorta y Av. Vélez Sarsfield de O a E;
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esa
Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,
Artículo 1°.- Inviértase, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90
días corridos, a partir de la fecha de su implementación, de las disposiciones del
Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido
único de circulación, a la calle Oncativo entre la Av. Amancio Alcorta y la Av. Vélez
Sarsfield de O a E.
Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Gerencia Operativa de
Señalamiento Vertical, dependiente de la Dirección General de Tránsito.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por
intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control,
comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de
Transporte quien procederá a comunicar esta Resolución a la Comisión Nacional de
Regulación del Transporte, y agrupaciones de taxímetros, a la Dirección General de
Tránsito, a la Prefectura Naval Argentina, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a
la Dirección General de Seguridad Vial y al Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito
y el Transporte, a la Policía Federal Argentina y a la Policía Metropolitana. Cumplido,
archívese. Dietrich