RESOLUCIÓN 51 2013 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
SE AUTORIZA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL
Publicación:
25/02/2013
Sanción:
14/02/2013
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
RESOLUCIÓN N.° 51/AGC/13
Buenos Aires, 14 de febrero de 2013
VISTO:
LA LEY N° 2.624, EL DECRETO N° 915/09, LA RESOLUCIÓN N° 3-SECLYT/11 Y LA
NOTA N° NO-2013-496373 -AGC, Y
CONSIDERANDO:
Que por la Nota mencionada en el VISTO tramita la solicitud de renovación de
contratación de las personas detalladas en el Anexo, para prestar servicios en la
Dirección Ejecutiva y en la Dirección General Legal y Técnica de esta Agencia
Gubernamental de Control (AGC), por el período comprendido entre el 01/01/13 y el
31/12/13, atento que los contratos suscriptos anteriormente, vencieron en fecha
31/12/12;
Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que las personas cuya
contratación se propicia continúen prestando su colaboración en las distintas áreas de
esta AGC;
Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto N° 915/09, y sus
modificatorios y reglamentarios, por el cual se establece el régimen para la
contratación de personas bajo la figura de locación de servicios, dejándose constancia
que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y
constan en el legajo personal del locador;
Que con el dictado del Decreto N° 694/11, se elevó el monto establecido en el artículo
1 del mencionado Decreto N° 915/09, facultándose a efectuar contrataciones a
personas físicas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto
máximo de pesos veinte mil ($ 20.000) mensuales por contrato, dentro de sus
disponibilidades presupuestarias;
Que la Resolución N° 3-SECLYT/11 establece que la Locación de Obras y Servicios
deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema
de Administración de Documentos Electrónicos SADE-;
Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y
conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico
por cada persona a contratar;
Que, asimismo, los artículos 7° inciso h) y 8° de la Ley de creación de esta Agencia
Gubernamental de Control N° 2.624 facultan al Director Ejecutivo de la AGC a
contratar personal para la realización de tareas por tiempo determinado;
Que conforme surge de la nota mencionada en el VISTO, los montos correspondientes
a los meses de enero y febrero de 2013, difieren de los montos del resto de la
contratación, toda vez que los agentes en cuestión han realizados en dichos períodos
tareas extraordinarias;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y
Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley N°
2.624,
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1.- Autorízase la contratación de las personas que se detallan en el Anexo, el
cual forma parte integrante de la presente, bajo la modalidad de locación de servicios,
para prestar servicios en la Dirección Ejecutiva y en la Dirección General Legal y
Técnica, dependientes de esta AGC.
Artículo 2.- Facúltase al Director General de la Dirección General Legal y Técnica de
esta AGC a suscribir los contratos correspondientes.
Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago.
Artículo 4.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización y a la Gerencias
Operativa Administrativa y Financiera y de Recursos Humanos, ambas pertenecientes
a la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez
Centurión
ANEXO