DISPOSICIÓN 23 2013 DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

INCORPORACIÓN DE ADDENDA - CONVENIO MARCO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN - REGISTRO ÚNICO DE CONVENIOS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PROCURACIÓN GENERAL - CONTROVERSIAS JURÍDICAS ENTRE VECINOS DE LA CIUDAD Y ORGANISMOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - CONVENIO 50-08 - ACCESO A LA JUSTICIA - RECLAMOS

Publicación:

25/03/2013

Sanción:

13/03/2013

Organismo:

DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Lo dispuesto en los artículos 13 (incisos n y ñ) y 22 de la Ley N° 3 (Defensoría del

Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires), el Convenio Marco de Prestación de Servicios

de Mediación y Conciliación suscripto oportunamente con el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la Disposición n° 216/08 y la publicación en el BOCBA n°

3066 del 27/11/08.

CONSIDERANDO:

Que con fecha 28 de agosto de 2008 esta Defensoría del Pueblo y el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires celebraron un Convenio Marco de Prestación de

Servicios de Mediación y Conciliación y por Disposición n° 216/08 fue publicado en el

BOCBA n° 3066 del 27/11/08.

Con fecha 26 de diciembre de 2012 ambas partes suscribieron una Addenda a dicho

convenio marco.

Conforme que por Disposición n° 28/05 se creó el Registro Único de Convenios de la

Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde

incorporar a tal registro la Addenda anteriormente mencionada, procediéndose a su

debida protocolización por la Dirección General Secretaría Legal y Técnica.

POR ELLO:

LA DEFENSORA DEL PUEBLO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Incorporar al Registro Único de Convenios de la Defensoría del Pueblo de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Addenda al Convenio Marco de Prestación de

Servicios de Mediación y Conciliación suscripto entre la Defensoría del Pueblo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, que como Anexo forma parte integrante de la presente Disposición

Artículo 2°.- Pasar a la Dirección General Secretaría Legal y Técnica para su

intervención a efectos de la debida protocolización del instrumento anteriormente

mencionado.

Artículo 3°.- Publicar por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comunicar, y oportunamente archivar. Pierini


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4119

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Disposición 23-DDPCABA-13 incorpora al Registro Único de Convenios de la Defensoría del Pueblo, la Addenda al Convenio Marco de Prestación de Servicios de Mediación y Conciliación, quedando modificado el Convenio Marco celebrado el 28 de agosto de 2008, registrado bajo en n{umero 50-08.</p><p>Cláusula Segunda del Anexo I de la Disposición 23-DDP-13, ratifica la vigencia del Convenio Marco de Prestación de Servicios de Mediación y Conciliación.</p>