RESOLUCIÓN 282 2013 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
FIJA VALOR - SUMA DE PESOS SETECIENTOS-$700 - INSCRIPCIÓN III JORNADAS DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE CIUDADES Y ESTADOS SUBNACIONALES DE IBEROAMÉRICA - DÍAS 8 Y 10 DE MAYO DE 2013 - EXCEPTÚAN DEL PAGO - AGENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES PERTENECIENTES AL MINISTERIO DE HACIENDA Y A LAS DIRECCIONES GENERALES TÉCNICAS ADMINISTRATIVAS Y LEGALES O EQUIVALENTES DE MINISTERIOS - SECRETARÍAS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEPENDIENTES DEL PODER EJECUTIVO Y EXPOSITORES DE ANTERIORES JORNADAS REALIZADAS AÑOS 2011 Y 2012
Publicación:
09/04/2013
Sanción:
04/04/2013
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
La Ley N° 70 y su Decreto reglamentario N° 1000/99, la Resolución N° 2695/SHYF/04,
la Disposición N° 280/DGCG/04 y modificatorias y el Expediente N° 1.034.499/13, y
CONSIDERANDO:
Que, ya hace dos años que se cumplió el decimoquinto aniversario del cambio de
status jurídico de la Ciudad de Buenos Aires y su consiguiente autonomía, motivo por
el cual este Gobierno propició, ente otras actividades, la realización de jornadas con
una mirada orientada a la evolución hasta el presente y a la perspectiva futura de la
Administración Financiera del Estado de la Ciudad;
Que en virtud de ello, con fecha 1° de marzo de 2013 fue suscripto un convenio entre
este Ministerio y la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera
Publica (ASAP), en el marco del celebrado el 3 de julio de 2007, por el cual se convino
la realización de tareas de cooperación y asesoramiento técnico relacionado con la
organización de las "Jornadas de Administración Financiera de Ciudades y Estados
Subnacionales de Iberoamérica", además de otras actividades de capacitación;
Que en los años 2011 y 2012 se llevaron a cabo, respectivamente, las I y II Jornadas
de Administración Financiera de Ciudades y Estados Subnacionales de Iberoamérica,
habiéndose convocado a funcionarios y reconocidos especialistas del país y de
Iberoamérica;
Que las mismas cosecharon una gran concurrencia de representantes de diversos
países y que su importancia y calidad de sus expositores fueron reconocidas en
eventos realizados con posterioridad en el país;
Que dicho éxito y reconocimiento promueve la reiteración de esta experiencia única en
su alcance;
Que está previsto realizar las III Jornadas de Administración Financiera de Ciudades y
Estados Subnacionales de Iberoamérica entre los días 8 y 10 de mayo próximos;
Que la Dirección General de Contaduría informa que resulta necesario establecer el
valor de las suscripciones a dichas jornadas, en el marco del recupero de gastos cuyo
procedimiento establece la Resolución N° 2.695/SHYF/04, reglamentada por
Disposición N° 280/DGC/04 y modificatorias;
Que, al efecto, se estima que el mismo debería ascender a la suma de pesos
setecientos ($ 700,00) por cada suscripción;
Que, al mismo tiempo resulta necesaria la designación de las autoridades de las
jornadas a realizarse.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 70,
Artículo 1°.- Fíjase en la suma de pesos setecientos ($ 700,00) el valor de la
inscripción a las "III Jornadas de Administración Financiera de Ciudades y Estados
Subnacionales de Iberoamérica", a realizarse en esta Ciudad entre los días 8 y 10 de
mayo del año en curso.
Artículo 2°.- Establécese el cronograma de actividades a llevarse a cabo durante la
realización del encuentro, conforme se detalla en el Anexo que se adjunta y que a
todos sus efectos, forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Desígnanse como autoridades de las citadas Jornadas, conforme se
detalla a continuación:
Presidente: Act. Néstor Grindetti
Director del Comité Académico: Dr. Alfredo Le Pera
Secretario del Comité Académico: Cdor. Abelardo Harbin
Director del Comité de la Organización: Lic. Gustavo Eglez
Secretarios del Comité de la Organización: Cdor. Gastón Messineo y Cdor. Hugo
Callegari
Artículo 4°.- Desígnanse como colaboradores del Comité de Organización a las
señoras Marta Porto, Dora Rivero y Noemí Posse, y a los señores Carlos Bogado y
Andrés Borthagaray.
Artículo 5°.- Exceptúase del pago de la inscripción a los agentes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires pertenecientes al Ministerio de Hacienda y a las
Direcciones Generales Técnicas Administrativas y Legales o equivalentes de los
Ministerios, Secretarías y Organismos Descentralizados dependientes del Poder
Ejecutivo que fueran avalados por sus respectivos Directores Generales o
equivalentes.
Exceptúase también del pago de la inscripción a los expositores de las anteriores
jornadas realizadas en los años 2011 y 2012.
Facúltase a las autoridades de las Jornadas a exceptuar del pago a funcionarios de
otras Jurisdicciones.
Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
notifíquese a la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera
Pública (ASAP) y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y de Contaduría, cumplido
archívese. Grindetti
ANEXOS