RESOLUCIÓN 489 2002 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

NORMA DEROGADA - AMPLIA   EL SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN DE LAS CALLES DAVILA Y THORNE PREVISTO EN EL DECRETO-ORDENANZA   10.407-47   - MANO ÚNICA   -ARTERIAS 

Publicación:

29/07/2002

Sanción:

17/07/2002

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto la Nota N° 2.053/DGTYT/2002, relacionada con la asignación de sentidos únicos de circulación a las calles Dávila y Thorne, y

CONSIDERANDO:

Que dicha iniciativa surge como consecuencia de los inconvenientes que se producen en la intersección de las calles Dávila, Pumacahua y Asamblea con el actual ordenamiento circulatorio;

Que analizada la cuadricula circulatoria, se observó que asignándole sentido único de circulación a la calle Dávila se reducirían sensiblemente los potenciales riesgos que presenta la complejidad circulatoria de la intersección;

Que en virtud de ello se considera conveniente otorgarle a la tratada arteria sentido único de Asamblea a Francisco Bilbao de Sur a Norte, complementando esta medida con la asignación del sentido único de la calle Thorne de Av. Eva Perón a Av. Curapaligüe de Norte a Sur, con el objeto de minimizar los derroteros a los vecinos del sector;

Por ello conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/2000 (B.O.C.B.A. N° 926);

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Amplíase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignando mano única de circulación a los siguientes tramos de arterias en la forma que se indica:

Dávila: de Asamblea a Francisco Bilbao de Sur a Norte

Thorne: de Av. Eva Perón a Av. Curapaligüe de Norte a Sur

Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y para su conocimiento y demás fines remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 489-SOYSP-02 (DEROGADA)asigna sentido circulatorio tramos calles Davila y Thorne , modifica Dec. Ord. 10407-47