RESOLUCIÓN 2106 2013 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA - LAS ARTES Y LAS CIENCIAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -  MODIFICA LA RESOLUCIÓN  1319-MCGC-13 - REGLAMENTACIÓN - ESTABLECE   LÍNEAS DE SUBSIDIOS Y DETERMINA LAS ÁREAS SUSTANTIVAS RESPONSABLES

Publicación:

15/05/2013

Sanción:

09/05/2013

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO:

EL EXPEDIENTE N° 1.663.993/2013, LOS DECRETOS 1020-GCABA-04 Y 115-

GCABA-05, LA RESOLUCIÓN N° 1319-MC-2013 Y;

CONSIDERANDO:

Que, por medio de los Decretos N° 1020-04 y N° 115-05 se aprobó y prorrogó

respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las

Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir

económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas

físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, a la concreción y

sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la

difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que, por Resolución N° 1319-MCGC-13 se reglamentan los citados Decretos para el

año 2013 y se establecen las diferentes Líneas de Subsidios y Áreas Sustantivas;

Que, en el artículo 18 del Anexo de la Resolución 1319-MCGC-13 se enumeran las

diferentes líneas de subsidios vigentes para el corriente año, mencionando entre ella a

la línea Puntos de Cultura;

Que, en ese orden de ideas el artículo 36 establece como área sustantiva a la

Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico;

Que teniendo en cuenta los diferentes destinos en los cuales deben estar enmarcados

los proyectos a presentar en el marco de la Línea Puntos de Cultura, que fueran

aprobadas por Resolución Específica N° 2073-MC-2013, corresponde que el área

sustantiva que evalué los proyectos mencionados sea la Subsecretaría de Patrimonio

Cultural;

Por ello y en uso de las facultades delegadas mediante Decretos 1020-04 y 115-05,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 36 del Anexo de la Resolución N° 1319-MCGC-

2013, el que queda redactado de la siguiente forma: "El Área Sustantiva que dictamina

en esta línea es la Subsecretaría de Patrimonio Cultural".

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Patrimonio e Instituto

Histórico y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de

Patrimonio Cultural. Cumplido, Archívese. Lombardi

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Detalle

MODIFICA
Res. 2106-MCGC-13 modifica el art. 36 del Anexo de la Res. 1319-MCGC-13