RESOLUCIÓN 344 2013 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
INCORPORACIÓN - CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL - TÉRMINO 90 DÍAS CORRIDOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU IMPLEMENTACIÓN - TRAMOS ARTERIAS - LOS CEDROS DESDE LOS OLMOS HASTA COLECTORA AVENIDA. GENERAL PAZ ESTE DE ESTE A OESTE - LOS ROBLES DESDE COLECTORA AVENIDA GENERAL PAZ -ESTE- HASTA LOS OLMOS DE NO A SE Y LOS OLMOS DESDE LOS ROBLES HASTA LOS CEDROS DE SUR A NORTE
Publicación:
12/06/2013
Sanción:
07/06/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
la Ley N° 3375/2009, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme a la Ley 3375/2009, correspondiente a la Villa 19 ex Barrio INTA, en
conformidad con la apertura de nuevas calles, y teniendo en cuenta que la necesidad
de ordenar la circulación del mismo, por ello resulta procedente la asignación de mano
única a varias calles trazadas en este barrio;
Que esto facilitará la circulación por las medidas que tienen las calzadas referidas, y a
la vez permitiría una mayor fluidez en la circulación vehicular;
Que habiéndose inspeccionado la cuadrícula circulatoria y realizado el estudio
correspondiente, resultaría viable la implementación del sentido único de circulación
de los siguientes tramos de arterias:
a) Los Cedros desde Los Olmos hasta Colectora Av. Gral Paz (Este), de E a O.-
b) Los Robles desde Colectora Av. Gral Paz (Este) hasta Los Olmos, de NO a SE.-
c) Los Olmos desde Los Robles hasta Los Cedros de S a N;
Que respecto al estacionamiento a la izquierda, de la arterias que nos ocupan, deberá
ajustarse a lo establecido en el Titulo 7° de la Ley 2148, (Código de Transito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), norma de carácter general y de
conocimiento obligatorio, luego de implementados los sentidos únicos de circulación;
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926);
Artículo 1° - Incorporase con carácter transitorio y experimental, por el término de 90
días corridos, a partir de la fecha de su implementación, de las disposiciones del
Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido
único de circulación, a los siguientes tramos de las arterias:
a) Los Cedros desde Los Olmos hasta Colectora Av. Gral Paz (Este), de E a O.-
b) Los Robles desde Colectora Av. Gral Paz (Este) hasta Los Olmos, de NO a SE.-
c) Los Olmos desde Los Robles hasta Los Cedros de S a N.-
Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Gerencia Operativa de
Señalamiento Vertical, y el acondicionamiento de semáforos que corresponda a la
Gerencia Operativa de Señalamiento Luminoso, dependientes de la Dirección General
de Tránsito.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos
Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte
y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a
la Policía Federal Argentina, a la Policía Metropolitana, a la Prefectura Naval
Argentina, a la Gendarmería Nacional y a las Direcciones Generales del Cuerpo de
Agentes de Control del Transito y el Transporte, de Transporte y de Seguridad Vial.
Cumplido continúese con el trámite aludido en el artículo anterior. Dietrich