RESOLUCIÓN 549 2013 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

INSTRUMENTACIÓN - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 8-13 - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - AGENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO - INCREMENTO SALARIAL - SUMA FIJA NO REMUNERATIVA - AUMENTO DE SUELDO

Publicación:

03/07/2013

Sanción:

28/06/2013

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

La Ley N° 471, los Decretos Nros. 465/04 y 285/10, el Acta de Negociación Colectiva

N° 8/13, el Expediente N° 1726377/13 y,

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 08/05/13, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N° 8/13

Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de Relaciones

Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires

(SUTECBA);

Que, en dicha Acta se acordó un incremento salarial para el personal que revista en la

planta permanente de la Carrera Administrativa de la Administración Central;

Que, se estableció una suma fija de $ 500 no remunerativa desde el mes de enero de

2013 que ya fuera adelantada por las respectivas actas paritarias;

Que, asimismo, se dispuso el pago de una suma fija de $ 500 no remunerativa a partir

del 1 de mayo de 2013 y una suma fija de $ 600 no remunerativa a partir del 1 de

agosto del corriente año;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 8/13;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N°465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Instrumentase el Acta de Negociación Colectiva N° 8/13 de la Comisión

Paritaria Central, suscripta el 08/05/13 entre los representantes del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que en copia certificada obra como

Anexo I y forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría

de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido,

archívese. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4186

Tipo de relación

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Detalle

APRUEBA
Art 1 de la Res 549-MH-13 Instrumenta el Acta de Negociación Colectiva 8-13