DECRETO 278 2013

Síntesis:

PROMULGA LA LEY 4576

Publicación:

17/07/2013

Sanción:

10/07/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 4.576, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 13 de Junio de 2013.
Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud.
El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.MACRI - Reybaud - Rodríguez Larreta

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