RESOLUCIÓN 611 2013 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

 INSTRUMENTACIÓN - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA N° 65/13 - COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL MÉDICOS MUNICIPALES - SUSCRIPTA EL 13 DE MAYO DE 2013 ENTRE LOS REPRESENTANTES DEL CONSEJO CENTRAL PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL GOBIERNO DE LACIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DEL MINISTERIO DE SALUD - ASOCIACIÓN DE MÉDICOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y FEDERACIÓN DE PROFESIONALES DE LA SALUD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -  RECOMPOSICIÓN SALARIAL DE LAS DISTINTAS CATEGORÍAS - CARRERA PROFESIONAL - SUPLEMENTOS A ABONARSE A LOS PROFESIONALES COMPRENDIDOS EN EL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR - REMUNERACIÓN DEL RÉGIMEN DE SUPLENCIAS DE GUARDIA - INCREMENTO PARA PROFESIONALES DEL RÉGIMEN DE RESIDENCIAS MEDICAS - CLÁUSULA ADICIONAL DE GARANTÍA

Publicación:

19/07/2013

Sanción:

15/07/2013

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

La Ley N° 471, los Decretos Nros 465/04 y 285/10, el Acta de Negociación Colectiva

N° 65/13, el Expediente N° 1759663/13, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 13 de mayo de 2013, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N°

65/13 de la Comisión Paritaria Sectorial Médicos Municipales- en el marco del Título

II de la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Consejo Central

para la Negociación Colectiva del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

del Ministerio de Salud, de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de

Buenos Aires y de la federación de profesionales de la Salud de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que, mediante dicho acuerdo se estableció la recomposición salarial de las distintas

categorías de la carera profesional, los suplementos a abonarse a los profesionales

comprendidos en el Convenio Colectivo del Sector, la remuneración del régimen de

suplencias de guardia, incremento para profesionales del régimen de residencias

medicas y una cláusula adicional de garantía;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que, en ese sentido, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 65/13, Comisión Paritaria Sectorial

Médicos Municipales-

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINSITRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Instrumentase el Acta de Negociación Colectiva N° 65/13 de la Comisión

Paritaria Sectorial Médicos Municipales-, suscripta el 13 de mayo de 2013 entre los

representantes del Consejo Central para la Negociación Colectiva del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Ministerio de Salud, de la Asociación de

Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y de la Federación de

Profesionales de la Salud de la Ciudad de Buenos Aires, la que en copia certificada

obra como Anexo I y forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y

a la Federación de Profesionales de la Salud de la Ciudad de Buenos Aires, y, para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Legal y Técnica del

Ministerio de Salud y a la Dirección General de Administración y Liquidación de

Haberes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del

Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4197

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
Res. 611-MHGC-13 instrumenta el Acta de Comisión Paritaria Sectorial N° 65-13