RESOLUCIÓN 1017 2013 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
Síntesis:
APROBACIÓN - TRAYECTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE NIVEL I - OPERARIO RECICLADOR PARA LA INDUSTRIA PLÁSTICA - NOMENCLADOR GENERAL DE ACCIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL - PROGRAMA PROYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL- CENTROS ANEXOS A LAS ESCUELAS TÉCNICAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 30 - PLAN DE ESTUDIOS- CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Publicación:
26/07/2013
Sanción:
04/07/2013
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
VISTO:
El Expediente N° 1.018.294/13, y
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución N° 1932/SED/02 aprueba el Nomenclador General de Acciones de
Formación Profesional que se ofrecen a través del Programa "Proyectos de Formación
Profesional" y de los Centros Anexos a las Escuelas Técnicas;
Que, por el Decreto N° 472/10 y la Resolución N° 948/MEGC/11, el Programa
"Proyectos de Formación Profesional" pasó a funcionar bajo la órbita de la Dirección
Operativa de Educación y Trabajo dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica;
Que, por el Decreto N° 335/11, la Dirección Operativa de Educación y Trabajo pasó a
denominarse Gerencia Operativa de Educación y Trabajo;
Que, el Equipo Técnico y de Evaluación de la Coordinación del Programa "Proyectos
de Formación Profesional", ha considerado la presentación del Centro de Formación
Profesional N° 30 elevada durante el año lectivo 2013 como nuevas acciones, que en
dicho centro se propician dictar, produciendo un informe favorable para que las
mismas se lleven a cabo;
Que la implementación del trayecto de formación profesional de referencia no conlleva
más erogación presupuestaria que la que corresponde a la Planta Orgánica Funcional
de la entidad presentante;
Que en orden a lo expuesto, corresponde el ajuste al Nomenclador mediante la
inclusión, al mismo, de las referidas acciones;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional a tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 1632/MEGC/13,
Artículo 1.- Apruébase el Trayecto de Formación Profesional de Nivel I en OPERARIO
RECICLADOR presentado por el Centro de Formación Profesional N° 30 que como
Anexo I IF-2013-02709339-DGCLEI, forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Incorpóranse al Nomenclador General de Acciones, las Acciones de
Formación Profesional presentadas por el Centro de Formación Profesional N° 30, las
que como Anexo II IF-2013-02709339-DGCLEI, forman parte de la presente
Resolución.
Artículo 3.- Autorízase su implementación en el Centro de Formación Profesional N°
30.
Artículo 4.- Encomiéndase a la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo, la
evaluación de la experiencia y la elevación de los proyectos de ajuste.
Artículo 5.- Establécese que la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo iniciará el
trámite correspondiente a la validez nacional del título del nuevo plan de estudios,
conforme lo establecido por la normativa federal vigente.
Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese por copia a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación
Pedagógica, a las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Coordinación
Legal e Institucional - Gerencia Operativa de Títulos y Legalizaciones -, a la Gerencia
Operativa de Currículum, a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de
Capacitación y Perfeccionamiento Docente y pase a la a la Gerencia Operativa de
Educación y Trabajo a efectos de posteriores trámites. Cumplido, archívese. Ravaglia
ANEXOS