RESOLUCIÓN 820 2013 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
MODIFICA MODELO DE CONVENIO - RESOLUCIÓN 1074-MDSGC-2010 - ANEXO 1 - FUNCIONAMIENTO DE HOGARES DE DÍA-TERCERA EDAD - VIGENCIA TRES AÑOS - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Publicación:
02/08/2013
Sanción:
10/07/2013
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
VISTO:
la Resolución N° 1074/MDSGC/2010 y el Expediente N° 2333647-MGEYA-MDSGC-
2013 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución citada en el Visto se aprobó el modelo de Convenio de
Uso Precario a suscribirse con Entidades de Bien Publico que ceden su espacio a
favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el funcionamiento de
Hogares de Día para la Tercera Edad, obrante en el Anexo I de la referida norma;
Que la cláusula primera del modelo aprobado dispone que el plazo de vigencia de los
convenios será de dos (2) años, pudiendo ser renovado de modo automático por
períodos idénticos, siempre que las partes no manifiesten su voluntad de poner fin al
acuerdo, mediante notificación fehaciente con una antelación de treinta (30) días a la
fecha de vencimiento;
Que con el fin de ejercer una gestión más eficiente con relación al uso de los
inmuebles cedidos por las entidades y posibilitar un mayor control sobre los plazos de
vigencia de los acuerdos a celebrar, la Subsecretaría de Tercera Edad entiende
oportuno ampliar el plazo oportunamente previsto a tres (3) años, suprimiendo la
posibilidad de prórroga automática;
Que cabe destacar que en el referido sentido se ha expedido la Procuración General
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en oportunidad de intervenir en la
tramitación de proyectos de convenios similares a los que habrán de suscribirse en el
marco del modelo en cuestión;
Que a tales fines, corresponde modificar la cláusula décimo primera del modelo
aprobado.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Modifícase la cláusula décimo primera del modelo de convenio a suscribir
con entidades de bien público, que fuera aprobado mediante Resolución N°
1074/MDSGC/2010, obrante en su Anexo I, la que quedará redactada tal como se
detalla a continuación:
"El presente tendrá una vigencia de 3 (tres) años, plazo que comenzará a computarse
desde el día de de 20..., finalizando el día....de................de 20...".
Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y demás efectos, para a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social.
Cumplido, archívese. Stanley