LEY 831 2002

Síntesis:

PRORROGA - UN AÑO - DECLARACIÓN DE EMERGENCIA EDILICIA Y AMBIENTAL - COMPLEJO HABITACIONAL SOLDATI - COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

Publicación:

21/08/2002

Sanción:

16/08/2002

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

16/08/2002


LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° Prorrógase la declaración de emergencia edilicia y ambiental al Complejo Habitacional Soldati por el plazo de un (1) año a partir de la promulgación de la presente.

Artículo 2° Facúltase al Poder Ejecutivo a introducir las modificaciones en el presupuesto en ejercicio, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 623.

Artículo 3° Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 16 de agosto de 2002

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en el artículo 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 831, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 16 de julio de 2002, ha quedado automáticamente promulgada el día 16 de agosto de 2002.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y fines pertinentes, a la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano y a la Comisión Municipal de la Vivienda. TADEI.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 831, prorroga la declaración de emergencia edilicia y ambiental al Complejo Habitacional Soldati por el plazo de un (1) año, a partir de la promulgación de la presente.</p>