DECRETO 337 2013

Síntesis:

RATIFICACIÓN - CREACIÓN ESCUELA N° 6 DISTRITO ESCOLAR N° 19 -COMUNA 8  - PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL

Publicación:

21/08/2013

Sanción:

14/08/2013

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

El Expediente N° 2.606.493/12, y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones citadas en el Visto obra copia certificada de la Resolución N°

1273/MEGC/13 del 08 de marzo de 2013 mediante la cual se creó la Escuela de

Educación Media N° 6 del Distrito Escolar 19° (Comuna 8), que funcionará en el predio

sito en avenida Francisco Fernández de la Cruz 2881 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y la correspondiente Planta Orgánico Funcional del citado

establecimiento;

Que la resolución señalada fue emitida "ad referéndum" de la superioridad jerárquica,

lo cual implica que resulta necesaria una manifestación de voluntad ratificatoria de los

actos del inferior para que éstos sean válidos y plenamente eficaces;

Que la creación responde a objetivos primordiales de las políticas educativas del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las normas legales que dentro

de este marco han sido dictadas y se encuentran vigentes;

Que en virtud de lo establecido por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y de la Ley N° 114 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y

Adolescentes, se debe garantizar el derecho inalienable a la educación y, en

consecuencia, remover todo obstáculo que impida, limite o entorpezca su

efectivización, tendiendo a asegurar la igualdad de oportunidades para el pleno

desarrollo físico, psíquico, moral, espiritual y social de los destinatarios del

mencionado derecho;

Que en ese contexto ha sido sancionada la Ley N° 898 de Obligatoriedad de la

Escuela Media, por lo que los servicios educativos se deben ir adecuando

progresivamente en cantidad y calidad para concretar la extensión de la obligatoriedad

legalmente impuesta;

Que la Dirección de Educación Media manifiesta la necesidad imperiosa de efectivizar

la apertura del establecimiento educativo precitado, para dar cobertura a las vacantes

solicitadas en el turno vespertino por los adolescentes del barrio de Villa Soldati y

zonas aledañas;

Que lo señalado, implica el incremento y adaptación de la infraestructura escolar y la

provisión del equipamiento necesario para garantizar el efectivo cumplimiento de tales

presupuestos.

Por ello, en uso de las facultades que le confieren los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Ratifícase la creación de la Escuela de Educación Media N° 6 del Distrito

Escolar 19° (Comuna 8), que funcionará en el predio sito en avenida Francisco

Fernández de la Cruz 2881 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la

correspondiente Planta Orgánico Funcional del citado establecimiento, conforme el

Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación,

de Modernización y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a los

Ministerios de Educación, de Modernización y de Hacienda. Cumplido, archívese.

MACRI - Bullrich - Ibarra - Grindetti - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4219

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
Decreto 337-13 ratifica la creación de la Escuela de Educación Media N° 16 Distrito Escolar 19 en el marco de la Res. 1273-MEGC-13