LEY 4637 2013

Síntesis:

INSTITUYE 30 DE JUNIO DE CADA AÑO - DÍA DE LA SOCIAL MEDIA - ÁMBITO DE LA CIUDAD - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

04/09/2013

Sanción:

01/08/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

27/08/2013


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Instituyese la fecha del 30 de junio de cada año como "Día de la Social

Media" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR