RESOLUCIÓN 753 2013 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
CREAN DEPENDENCIAS- DEPARTAMENTOS- DIVISIONES - APRUEBA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - DE CONTROL DE DEUDA Y COBRANZA - DE COBRANZAS ADMINISTRATIVAS - DE REGISTRO Y CONTROL DEUDA EN MORA - DE GESTIÓN DE ATENCIÓN Y EVALUACIÓN TÉCNICA - DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE ATENCIÓN- DE EVALUACIÓN TÉCNICA - DE ADMINISTRACIÓN SIRCREB Y ALTO RIESGO FISCAL - DE ANÁLISIS Y CONTROL DE DOCUMENTACIÓN- DE ADMINISTRACIÓN Y GENERACIÓN DE PADRONES - DE CONTROL DE LA RECAUDACIÓN - DE VERIFICACIÓN Y CUMPLIMIENTO FISCAL 1 Y 2 - DE MESA DE ENTRADA - DESIGNACIÓN PROVISORIA DE FUNCIONARIOS - PLAZO CIENTO VEINTE DÍAS - DIRECCIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES Y EVALUACIÓN TRIBUTARIA - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Publicación:
16/10/2013
Sanción:
10/10/2013
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
La Ley N° 2.603 (B.O.C.B.A. N° 2.846) y su Decreto reglamentario N°
745/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2961), la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus
modificatorias.
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a
establecer la estructura de la referida Administración;
Que el Decreto N° 745/GCABA/2008, reglamentario de la precitada Ley, faculta al
señor Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a realizar ceses y
designaciones en los cargos estructurales que conforman dicha Administración;
Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la
Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos;
Que razones de índole operativo y funcional hacen necesario, en el marco de las
actuales políticas de recaudación y fiscalización, readecuar la estructura orgánico
funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que a tal efecto procede el reordenamiento estructural mediante la creación de nuevos
niveles de conducción, en la Dirección Grandes Contribuyentes, de la Subdirección
General de Grandes Contribuyentes, y Evaluación Tributaria, dependiente de la
Dirección General de Rentas;
Que, a su vez, es menester designar provisoriamente por un plazo de ciento veinte
(120) días, a los funcionarios que, por su idoneidad y experiencia, serán responsables
de desempeñar los cargos de la estructura funcional de la Administración.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1.- Créase el Departamento Control de Deuda y Cobranza dependiente de la
Dirección Grandes Contribuyentes, Subdirección General Grandes Contribuyentes y
Evaluación Tributaria, de la Dirección General de Rentas, y en la órbita de su
competencia créase la División Cobranzas Administrativas y la División Registro y
Control de la Deuda en Mora.
Artículo 2.- Créase el Departamento Gestión de Atención y Evaluación Técnica
dependiente de la Dirección Grandes Contribuyentes, Subdirección General Grandes
Contribuyentes y Evaluación Tributaria, de la Dirección General de Rentas, y en la
órbita de su competencia créase la División Coordinación y Control de Atención y la
División Evaluación Técnica.
Artículo 3.- Créase en la órbita del Departamento Administración Sircreb y Alto Riesgo
Fiscal, dependiente de la Dirección Grandes Contribuyentes, Subdirección General
Grandes Contribuyentes y Evaluación Tributaria, Dirección General de Rentas, la
División Análisis y Control de Documentación y la División Administración y
Generación de Padrones.
Artículo 4.- Créase en la órbita del Departamento Control de la Recaudación,
dependiente de la Dirección Grandes Contribuyentes, Subdirección General Grandes
Contribuyentes y Evaluación Tributaria, Dirección General de Rentas, la División
Verificación y Cumplimiento Fiscal 1 y la División Verificación y Cumplimiento Fiscal 2.
Artículo 5.- Créase en la órbita de la Dirección Grandes Contribuyentes, dependiente
de la Subdirección General Grandes Contribuyentes y Evaluación Tributaria, Dirección
General de Rentas, la División Mesa de Entrada.
Artículo 6.- Apruébense estructura orgánico funcional de las distintas dependencias
creadas por los artículos precedentes, las que se detallan en el apartado I del Anexo,
N° IF-2013-05417735-DGR, el cual forma parte integrante de la presente.
Artículo 7.- Apruébense las funciones de las distintas dependencias creadas por los
artículos precedentes, las que se detallan en el apartado II del Anexo, N° IF-2013-
05417735-DGR, el cual forma parte integrante de la presente.
Artículo 8.- Designase, provisoriamente por un plazo de (120) ciento veinte días, al
personal que en el modo y forma se detalla en el apartado III del Anexo, N° IF-2013-
05417735-DGR, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 9.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto y a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Modernización y pase para la notificación fehaciente de los agentes involucrados al
Departamento Recursos Humanos de la AGIP. Cumplido, archívese. Walter
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4258