DISPOSICIÓN 78 2013 DIRECCIÓN GENERAL DE CUSTODIA Y SEGURIDAD DE BIENES DEL G.C.A.B.A

Síntesis:

ESTABLECE LA IMPLEMENTACIÓN DEFINITIVA DEL PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA INSTALACIONES FIJAS -  VIGILANCIA Y CUSTODIA EN LOS EDIFICIOS DE PROPIEDAD Y USO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD   DE BUENOS AIRES  -   ELECTRÓNICA Y NO ELECTRÓNICA  - HOSPITALES  - CESAC -   ESCUELAS  - COMUNAS -  MUSEOS  - PROGRAMAS DE ASISTENCIA A NIÑOS-AS Y ADOLESCENTES -  EX CENTROS CLANDESTINOS DE DETENCIÓN - HOGARES - PARADORES -   ROBOS -  HURTOS  -  VANDALISMO  - INCENDIO -  SABOTAJE

Publicación:

17/10/2013

Sanción:

09/10/2013

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE CUSTODIA Y SEGURIDAD DE BIENES DEL G.C.A.B.A


VISTO:

La Ley N° 4013, el Decreto N° 660/2011, el Decreto 216/2011, Decreto 662/2011,

Decreto N°102/12, y la Licitación Pública 298/2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 4013 determinó las competencias del Ministerio de Justicia y Seguridad,

y otorgó al mismo la responsabilidad de formular e implementar la política de vigilancia

y custodia en los edificios de propiedad y uso del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que el Decreto N° 660/11 aprobó la estructura organizativa dependiente del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por el Decreto N° 662/11 se designó al suscripto como Director General de

Custodia y Seguridad de Bienes dependiente de la Subsecretaría de Seguridad

Ciudadana, el cual fuera ratificado por el Decreto N° 102/12;

Que la DGCYSB tiene entre sus responsabilidades primarias, administrar la seguridad

en todas las dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

mediante la acción de agentes propios o de terceras organizaciones públicas o

privadas;

Que mediante el Decreto 216/2011 se aprobó la Licitación Publica 298/2012;

Que la mencionada Licitación Pública Nro. 298/2011, procedió a tercerizar el servicio

de Seguridad y Vigilancia de bienes y personas en organizaciones de carácter privado

con el fin de optimizar el empleo de los recursos disponibles;

Que las funciones de esta repartición consisten básicamente en planificar, organizar,

coordinar, dirigir y controlar el régimen de funcionamiento del servicio de seguridad en

los establecimientos pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que estas funciones son esenciales a la hora de conducir la organización hacia el

logro de los fines propuestos;

Que con el fin de "Optimizar y hacer más eficiente la seguridad desplegada con los

recursos disponibles", es necesario establecer un régimen de funcionamiento que

defina los alcances precisos del Servicio de Seguridad a fin de determinar claramente

los procedimientos operativos normales;

Que para ello se inició en el mes de diciembre del año 2012 el proceso denominado

"diseño, elaboración y ajuste" del protocolo de actuación;

Que en el día de la fecha ha finalizado la "Fase Previa" del proceso de implementación

y es necesario formalizar la utilización del protocolo de actuación, mediante el dictado

del acto administrativo correspondiente;

Que el dictado del acto administrativo correspondiente no obsta para que el

mencionado protocolo de actuación sea pasible de ajustes y perfeccionamiento

permanente surgido de su aplicación;

Por lo tanto, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 102/12,

EL DIRECTOR GENERAL DE CUSTODIA Y SEGURIDAD DE BIENES

DISPONE

Artículo 1.- Establecer la implementación definitiva del denominado "Protocolo de

Seguridad para Instalaciones Fijas", que con el Número DI-2013-05369021-DGCYSB

forma parte de la presente, en el ámbito de los objetivos que pertenecen al Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaria de

Seguridad Ciudadana. Cumplido, Archívese. Sassano


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4259

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
El punto 8 del Anexo de la Disp. 78-DGCYSB-13 establece que el incumplimiento al Protocolo será sancionado con arreglo al régimen disciplinario regulado en el pliego de contrataciones, aprobado por Res. 103-MJYSGC-11.
INTEGRA
Art. 1 de la Disp. 78-DGCYSB-13 establece la implementación del Protocolo de Seguridad para Instalaciones Fijas, en el marco de la licitación pública 298-11, aprobada por Dec. 216-11.
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 78-DGCYSB-13, aprueba la implementación del Protocolo de Seguridad para Instalaciones fijas en virtud de la Ley 2602, especificando características del sistema de Cámaras de Seguridad en distintos puntos de su Anexo.</p>