DECRETO 405 2013
Síntesis:
DESESTIMACIÓN DE RECURSO JERÁRQUICO - DESIGNACIONES EFECTUADAS POR ACTO PÚBLICO CONVOCADO POR RESOLUCIÓN 982-ME-08 - PABLO ARIEL GALIOTTI- ASIGNATURA EDUCACIÓN FÍSICA DE LA ESCUELA DE DANZAS AÍDA VICTORIA MASTRAZZI -CONCURSO ACUMULACIÓN-ACRECENTAMIENTO
Publicación:
24/10/2013
Sanción:
01/10/2013
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Expediente N° 2.301.638/11, y
CONSIDERANDO:
Que el docente Pablo Ariel Galiotti, FC N° 370.355, interpuso recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio contra las designaciones efectuadas por
Acto Público del 7 de diciembre de 2009 en la asignatura Educación Física de la
Escuela de Danzas "Aída Victoria Mastrazzi";
Que ambos recursos han sido incoados de conformidad con lo prescripto en los
artículos 51/52 y 56/57 del Estatuto del docente aprobado por Ordenanza 40.593 (AD
230.300);
Que el recurso de reconsideración fue resuelto mediante el Dictamen N°
226/JCEART/09 razón por la cual resta por analizar el recurso jerárquico interpuesto
en subsidio;
Que por Resolución N° 5146/MEGC/09 se establecen las horas cátedras y los cargos
vacantes del Concurso convocado por Resolución N° 982/MEGC/08 en el Área de
Educación Artística;
Que se tienen a la vista copia certificada del listado detallado de horas vacantes en la
Escuela de Danzas "Aida Victoria Mastrazzi" y copia certificada del "Listado Orden de
Mérito Para Acumulación/Acrecentamiento De Docentes con Cargo Titular", en el
Escalafón Profesor, Asignatura Educación Física, entre los que se encuentra el
causante;
Que llevado a cabo el concurso convocado por Resolución N° 982/MEGC/08 para
cubrir horas cátedras en la asignatura Educación Física del área antes citada, se
efectúan por Acto Público de fecha 7 de diciembre de 2009 las designaciones
correspondientes;
Que el recurrente se presenta e impugna dichas designaciones y expresa que se han
otorgado horas de Educación Física de la Escuela de Danzas "Aída Victoria
Mastrazzi", discriminando el listado de varones que corresponde a esa Institución;
Que añade que el listado "...Se ha publicado como ...Educación Física (mujeres)... "
(sic) y se ha efectuado el llamado siguiendo esa intención. Es dable aclarar que, no es
potestad de la Junta de Clasificación de Educación Artística, cambiar la estructura de
los grupos ya sea en género y/o su nomenclatura, como así tampoco modificar la
información obrante en los registros de POF radicados en la Dirección de Recursos
Humanos Docentes";
Que la Junta de Clasificación Docente de Educación Artística rechaza dicha
impugnación mediante el Dictamen N° 218/09;
Que el docente amplía el recurso procedimental interpuesto y dice "(...) se me privó del
derecho a concursar con alto puntaje en un listado que debió haberse mantenido
"mixto", tal como surge del acto ministerial POF 2009 el cual fueron vulnerados por la
Junta";
Que, asimismo, agrega que en su carácter de supervisor del Área de Educación
Artística tiene interés en que se cumplan los procedimientos y normas referidos a los
concursos;
Que en relación al tema en trato se dirá que el Reglamento Escolar del Sistema
Educativo de Gestión\' Oficial dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
aprobado por Resolución N° 4776/GCBA/06 (BOCBA 2624) en su artículo 253 inciso
6) dispone "La formación de los grupos de alumnos para las clases de Educación
Física podrán ser integradas con alumnos de diferentes divisiones teniendo en cuenta
sexo, edad, actividad elegida por el alumno y categoría. En el caso de gimnasia, se
tendrá en cuenta sexo y curso".
Que el inciso 7) del citado artículo prescribe "Las clases de gimnasia deberán ser
dictadas por profesores del mismo sexo al de los alumnos".
Que en cumplimiento de la normativa transcripta el Ministerio de Educación remite el
listado de horas cátedras y cargos vacantes para el concurso convocado por
Resolución N° 982/MEGC/08 en el Área de la Educación Artística en la expresa
mención, para el caso que nos ocupa "Educación Física Mujeres";
Que, en razón de ello, el listado que ha sido tenido en cuenta para el concurso y
posterior designaciones por Acto Público del 7 de diciembre de 2009 resulta conforme
a derecho por responder a la normativa de aplicación;
Que a mayor abundamiento se destaca que el recurrente se desempeñaba, en
oportunidad de realizarse dicho concurso, como Supervisor del Área de Educación
Artística por lo que tenía conocimiento de la denominación de las vacantes en
cuestión, no impugnando en momento alguno las mismas;
Que, sin perjuicio de ello y contrariamente a lo expresado por el agente, no se le ha
privado de participar del concurso para acumulación/acrecentamiento de docentes con
cargo titular, en el Escalafón Profesor, asignatura Educación Física, toda vez que
figura en los listados correspondientes pudiendo acrecentar horas cátedra en la
materia Educación Física Varones, atento existir tres horas cátedra vacantes en el
Escuela de Cerámica "Fernando Arranz" y seis horas cátedra en la Escuela de Danzas
N° 1;
Que así también, debe destacarse que no obstante haber sido convocado el causante
para acrecentar horas en la materia antedicha, figura ausente conforme el Libro de
Actas, fojas 70, agregado en el Expediente en copia certificada;
Que así también y acorde con lo expresado por la Junta de Clasificación Docente del
Área de Educación Artística, la circunstancia de que el establecimiento escolar cargue
la Planta Orgánica funcional, no implica de modo alguno su aprobación por parte del
Ministerio de Educación, correspondiendo a este Ministerio aprobar las Planta
Orgánica Funcional de las Escuelas y determinar en cada caso las vacantes que se
ofrecen en los distintos concursos;
Que, en consecuencia por las razones expuestas, el recurso jerárquico impetrado por
el docente no puede prosperar;
Que la Procuración General se ha expedido mediante Dictamen Jurídico -IF-2012-
00588843 DGEMPP-de fecha 23 de Marzo de 2012.
Por ello, en uso de las facultades que le confieren los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1.- Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el docente
Pablo Ariel Galiotti, FC N° 370.355, contra las designaciones efectuadas por Acto
Público el 7 de diciembre de 2009 en la asignatura Educación Física de la Escuela de
Danzas "Aída Victoria Mastrazzi" -Concurso Acumulación/Acrecentamiento convocado
por Resolución N° 982/MEGC/08.
Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por los Señores Ministros de Educación,
de Modernización y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3.- Dése al registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires. Notifíquese al docente Pablo Ariel Galiotti, FC N° 370.355 conforme lo establece
el artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos, aprobada por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1510/97, haciéndole saber que el presente agota la vía
administrativa. Comuníquese al Ministerio de Educación y al Ministerio de
Modernización. Cumplido, archívese. MACRI - Bullrich - Ibarra - Rodríguez Larreta