LEY 241 1999

Síntesis:

APRUEBA MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO - ENTRE CIUDAD DE BUENOS AIRES Y ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS - AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN

Publicación:

12/10/1999

Sanción:

16/09/1999

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

01/10/1999


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Art. 1- Apruébase el Memorádum de Entendimiento entre la Ciudad de Buenos Aires y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación suscripto el día 29 de septiembre de 1998 y que en fotocopia certificada corre como Anexo I y forma parte integrante de la presente.

Art. 2.- Comuníquese, etc.-IBARRA
Miguel O. Grillo

Buenos Aires, 16 de septiembre del 1999.

Memorandum de Entendimiento entre la Ciudad de Buenos Aires y la Organizaciónes las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación

El día 29 de septiembre de 1998 el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación Dr. Jacques Diouf, y el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina Dr. Fernando de la Rua acordaron:

1 - Iniciar actividades encaminadas a que la FAO asista al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en:a) un programa de informaci? investigaci?utricional en alumnos del sistema educativo y zonas carenciadas de la Ciudad de Buenos Aires; yb) el establecimiento de un sistema descentralizado mixto (gobierno autónomo y sector privado) sobre calidad y seguridad de los alimentos.

2 - Para lo anterior el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la FAO preparar?proyectos en que se especifiquen los servicios de asistencia t?ica que la FAO proporcionar?ara alcanzar los objetivos y metas que se acuerden. Dichos servicios de asistencia t?ica ser?financiados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a trav?de un Fondo Fiduciario Unilateral.

3 - Dichos proyectos establecerán que los servicios profesionales que se requerirán especificando los requisitos de los expertos, términos de referencia, duración capacitación, equipo, etc. un programa de trabajo y el presupuesto del costo.

4 - La FAO se hará cargo de los costos de sus expertos para la formulación de los proyectos.

IBARRAMiguel O. Grillo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 795

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 1625-00 aprueba convenios con la FAO en el marco de la ley 241.</p>
PROMULGADA POR
APRUEBA
<p>Art. 1 de la Ley 241, aprueba el Memorándum de Entendimiento registrado como Convenio 33-98.</p>