RESOLUCIÓN 21 2013 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
APROBACIÓN DE PADRÓN DE INSCRIPTOS - REGISTRO DE ASPIRANTES A EXPLOTAR LOS ESPACIOS PARA PEQUEÑOS COMERCIOS - REEMPADRONAMIENTO- MECANISMO Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN PEQUEÑO COMERCIO - REGISTRO DE ASPIRANTES A PEQUEÑOS COMERCIOS -COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - OTORGAMIENTO - PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES - DISCAPACITADOS
Publicación:
31/10/2013
Sanción:
23/10/2013
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
VISTO:
La Resolución N° 10/COPIDIS/13, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución mencionada en el Visto, se estableció el nuevo
procedimiento de selección de aspirantes para la adjudicación de un pequeño
comercio a aquellos inscriptos en el Registro de Aspirantes a Pequeños Comercios;
Que conforme el Anexo I, punto B del referido acto administrativo, se efectuó el
reempadronamiento de los postulantes a los fines de actualizar la base de datos del
Registro mencionado;
Que en ese sentido, se elaboró un nuevo padrón de inscriptos en el Registro de
Aspirantes a explotar los espacios para Pequeños Comercios que surgen de la
presentación que cada aspirante hiciera del modelo aprobado de Declaración Jurada
de reempadronamiento en el plazo establecido en la Resolución N° 10;
Que, en consecuencia, corresponde emitir el correspondiente acto administrativo a fin
de aprobar el referido padrón, que reemplaza el listado y el número de registro
anterior, y dejar sin efecto las Resoluciones Nros. 26/COPIDIS/11 y 43/COPIDIS/11.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el nuevo Padrón de inscriptos del Registro de Aspirantes a
explotar los espacios para Pequeños Comercios, conforme el Anexo I que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Déjese sin efecto las Resoluciones Nros. 26/COPIDIS/11 y
43/COPIDIS/11.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
notifíquese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Comisión para la Plena
Participación e Inclusión de la Personas con Discapacidad y la Dirección General de
Concesiones. Cumplido, archívese. Braga Menéndez
ANEXOS