RESOLUCIÓN 21 2013 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

APROBACIÓN DE PADRÓN DE INSCRIPTOS - REGISTRO DE ASPIRANTES A EXPLOTAR LOS ESPACIOS PARA PEQUEÑOS COMERCIOS - REEMPADRONAMIENTO- MECANISMO Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN PEQUEÑO COMERCIO - REGISTRO DE ASPIRANTES A PEQUEÑOS COMERCIOS -COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - OTORGAMIENTO - PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES - DISCAPACITADOS

Publicación:

31/10/2013

Sanción:

23/10/2013

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO:

La Resolución N° 10/COPIDIS/13, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución mencionada en el Visto, se estableció el nuevo

procedimiento de selección de aspirantes para la adjudicación de un pequeño

comercio a aquellos inscriptos en el Registro de Aspirantes a Pequeños Comercios;

Que conforme el Anexo I, punto B del referido acto administrativo, se efectuó el

reempadronamiento de los postulantes a los fines de actualizar la base de datos del

Registro mencionado;

Que en ese sentido, se elaboró un nuevo padrón de inscriptos en el Registro de

Aspirantes a explotar los espacios para Pequeños Comercios que surgen de la

presentación que cada aspirante hiciera del modelo aprobado de Declaración Jurada

de reempadronamiento en el plazo establecido en la Resolución N° 10;

Que, en consecuencia, corresponde emitir el correspondiente acto administrativo a fin

de aprobar el referido padrón, que reemplaza el listado y el número de registro

anterior, y dejar sin efecto las Resoluciones Nros. 26/COPIDIS/11 y 43/COPIDIS/11.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN

E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el nuevo Padrón de inscriptos del Registro de Aspirantes a

explotar los espacios para Pequeños Comercios, conforme el Anexo I que forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Déjese sin efecto las Resoluciones Nros. 26/COPIDIS/11 y

43/COPIDIS/11.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

notifíquese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Comisión para la Plena

Participación e Inclusión de la Personas con Discapacidad y la Dirección General de

Concesiones. Cumplido, archívese. Braga Menéndez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4269

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