LEY 4676 2013

Síntesis:

PROHÍBE CIRCULACIÓN Y ESTACIONAMIENTO - MOTOVEHÍCULOS Y AUTOMÓVILES EN PASEOS - PARQUES Y JARDINES - EXCEPTO LUGARES HABILITADOS -   NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

04/11/2013

Sanción:

12/09/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

08/10/2013


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Prohíbese en todos los paseos, parques y jardines de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, excepto en los lugares habilitados a tal efecto, la

circulación y el estacionamiento de motovehículos y automóviles.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 24 de octubre de 2013

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.676 (E.E. N° 4.762.079-MGEYA-DGALE-

2013), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su

sesión del día 12 de setiembre de 2013 ha quedado automáticamente promulgada el

día 8 de octubre de 2013.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la

Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos,

remítase a los Ministerios de Justicia y Seguridad y de Ambiente y Espacio Público.

Cumplido, archívese. Clusellas