RESOLUCIÓN 1415 2013 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

ACTUALIZACION - MONTOS DIARIOS CORRESPONDIENTES A LOS VIÁTICOS Y ALOJAMIENTOS ESTABLECIDOS EN ANEXO II DECRETO N° 477-11 - APRUEBA RÉGIMEN DE VIÁTICOS  ALOJAMIENTO Y PASAJES DESTINADOS A MISIONES TRANSITORIAS DE CARÁCTER OFICIAL EN EL INTERIOR Y EXTERIOR DEL PAÍS POR PARTE DE FUNCIONARIOS Y AGENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

21/11/2013

Sanción:

14/11/2013

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

El Decreto N° 477/11 y el Expediente N° 4755793/MGEYA/DGCyC/13, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 477/11 se aprobó el régimen de viáticos, alojamiento y

pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior

del país por parte de funcionarios y agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que en el Anexo II de la mencionada norma han sido previstos los montos diarios a

ser asignados en concepto de viáticos y alojamiento, de acuerdo con el nivel jerárquico

de los funcionarios y/o agentes destinados a dichas misiones transitorias, y a las

respectivas zonas de destino;

Que dado que los montos detallados en el citado anexo II fueron fijados

oportunamente en el año 2011 y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, la

experiencia recogida de las misiones realizadas tanto al interior como al exterior del

país y la variación de los costos de los bienes y servicios a ser contratados, surge la

necesidad de actualizar dichos importes, de acuerdo a las pautas elaboradas por el

área técnica de este Ministerio.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19° del Decreto N°

477/11,

EL MINSITRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Actualícense de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la

presente Resolución, los montos diarios correspondientes a los viáticos y alojamientos

establecidos en el Anexo II del Decreto N° 477/11, que aprueba el régimen de viáticos,

alojamiento y pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial en el

interior y exterior del país por parte de funcionarios y agentes del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires; comuníquese a todos los Ministerios y a las Secretarías del Poder

Ejecutivo y reparticiones con rango o nivel equivalente, a las Direcciones Generales

Técnica, Administrativa y Legal, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de

Contaduría y de Tesorería, todas ellas dependientes del Ministerio de Hacienda;

cumplido, archívese. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4284

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Resolución 1415-MHGC-13 actualiza, en función de la facultad otorgada por el art. 19 del Decreto 477-11, los montos diarios previstos en el Anexo II del Decreto 477-11, referido a viáticos y alojamientos por misiones transitorias de carácter oficial.