DISPOSICIÓN 29 2002 DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y CAPACITACIÓN
Síntesis:
APRUEBA LOS PROYECTOS PRESENTADOS POR ORGANISMOS RESPONSABLES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE AUTOEMPLEO
Publicación:
04/09/2002
Sanción:
22/07/2002
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y CAPACITACIÓN
Vistos los Decretos Nros. 512/GCBA/2002; 674/GCBA/2001; la Disposición N° 28/DGEYCAP/02 y,
CONSIDERANDO:
Que la presente se dicta en el marco de las responsabilidades primarias atribuidas a la Dirección General de Empleo y Capacitación por el Decreto Nº 512/GCBA/2002;
Que por el Decreto Nº; 674/GCBA/2001 se aprobó y reglamentó el Programa de Autoempleo, estableciendo su implementación a través de proyectos presentados por Organizaciones no Gubernamentales, cuyos antecedentes institucionales sean verificados por la Dirección General de Empleo y Capacitación;
Que habiéndose analizado y evaluado los proyectos presentados por los Organismos Responsables que superaron las instancias de control formal mediante los instrumentos aprobados por disposición Nº 28/DGEYCAP/02 corresponde aprobar aquellos que satisfacen los estándares mínimos para su admisión, permitiendo asignar a los beneficiarios que se incluyan en los mismos la ayuda económica prevista en el decreto Nº 674/GCBA/2001;
Que el Decreto Nº 674/GCBA/2001 facultó a la Dirección General de Empleo y Capacitación a otorgar una ayuda económica no remunerativa a personas desocupadas incluidas como beneficiarios de los proyectos aprobados;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 674/GCBA/2001;
Por ello,
Artículo 1° Apruébanse los proyectos correspondientes al Programa de Autoempleo, presentados por los organismos Responsables registrados en la Dirección General de Empleo y Capacitación, que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente disposición.
Artículo 2º Los Organismos Responsables asumirán el compromiso de ejecución de los proyectos aprobados según lo definido en la presentación de los mismos, estableciéndose como fecha de inicio el 1°/8/2002. Los proyectos serán supervisados por la DGEYCAP, según los criterios establecidos en la normativa vigente.
Artículo 3º Aféctese a la partida 6513 - 562 - 5.1.4. (Cód. 200152), el monto destinado al pago en carácter de Ayuda Solidaria a Personas a los beneficiarios a incluirse en los proyectos aprobados que constan en el Anexo I, por pesos seiscientos ochenta y ocho mil ($ 688.000), los que se debitarán mensualmente de acuerdo a las Disposiciones de Pago que emita la Dirección General de Empleo y Capacitación.
Artículo 4º Desestímanse los proyectos mencionados en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente disposición por haber sido considerados no viables por motivos técnicos o formales.
Artículo 5° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaria de Desarrollo Económico y notifíquese a los Organismos Responsables. Cumplido archívese