RESOLUCIÓN 219 2013 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

APROBACIÓN DE DESARROLLO - PLAN DE GOBIERNO ABIERTO DEL PODER JUDICIAL - TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN - CONTROL DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS - PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DE GOBIERNO - INFORMACIÓN PÚBLICA -  SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN- CENTRO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA

Publicación:

09/12/2013

Sanción:

27/11/2013

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

La Actuación N° 27135/13 y el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y la Ley N° 31, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley 31 establece que el Consejo de la Magistratura es un

órgano permanente de selección de magistrados, gobierno y administración del Poder

Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la función de asegurar su

independencia, garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de

justicia, promover el óptimo nivel de sus integrantes, y lograr la satisfacción de las

demandas sociales sobre la función jurisdiccional del Estado.

Que distintos gobiernos en todo el mundo han iniciado un proceso progresivo para

impulsar y llevar a cabo estrategias ligadas al concepto de Open Government o

"Gobierno Abierto".

Que la idea de "Gobierno Abierto" es el nuevo paradigma o modelo que promete

fortalecer los sistemas democráticos y mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los

gobiernos y sus aparatos administrativos a través de la promoción de la transparencia

y control de las políticas públicas, fomentando la participación de los ciudadanos, y

gestionando la información en formatos abiertos.

Que en septiembre de 2011 se lanzó a nivel mundial el "Open Government

Partnership" en el marco del 66° período ordinario de sesiones de la Asamblea

General de las Naciones Unidas y que en la actualidad existen cincuenta y ocho

países asociados, incluida la República Argentina.

Que los países integrantes se comprometen a aumentar la disponibilidad de

información sobre las actividades gubernamentales; apoyar la participación ciudadana

a través de la transparencia sobre la formulación de políticas y la toma de decisiones y

el establecimiento y uso de vías para solicitar la opinión del público; promover

estándares de integridad profesional en todos los gobiernos; y aumentar el acceso a

las nuevas tecnologías para la apertura y la rendición de cuentas.

Que la obligación de asegurar el acceso a la información es válida para los tres

poderes del Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) y para todos sus niveles (nacional,

provincial y municipal).

Que el principio de publicidad de los actos de gobierno es inherente al sistema

republicano establecido en la Constitución Nacional y en la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, por lo que su cumplimiento es una exigencia ineludible

para las autoridades públicas y posibilita a los ciudadanos el derecho al acceso a la

información, facilitando la transparencia de la gestión.

Que el incremento de la transparencia de la información disponible en el Poder Judicial

es la llave para garantizar el principio de igualdad en el acceso a la justicia de todos

los ciudadanos.

Que los procesos de participación ciudadana en el Poder Judicial facilitan que la

sociedad se involucre en la toma de decisiones y asuma su cuota de responsabilidad

en el funcionamiento del sistema.

Que las iniciativas de "Gobierno Abierto" y transparencia de la justicia, además de ser

principios de buen gobierno, incrementan la confianza a través de la mejora de los

procesos de rendición de cuentas y del impulso de la participación ciudadana a través

de plataformas de acceso a datos públicos abiertos, normas de reutilización de la

información pública e interoperabilidad, y la disponibilidad de servicios digitales.

Que existen en el ámbito interno de nuestro país numerosas reparticiones

gubernamentales que ya han comenzado a implementar el "Gobierno Abierto", entre

ellas el Poder Judicial de la Nación.

Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el marco del Plan Gobierno Abierto,

pone a disposición de la sociedad la totalidad de los actos que hacen a la gestión

administrativa del Máximo Tribunal a través del sitio web

www.cij.gov.ar/gobiernoabierto.

Que este Consejo adhiere a los principios mencionados que fundamentan el concepto

de "Gobierno Abierto", considerando oportuno realizar reformas que contribuyan a

otorgar mayor transparencia a la gestión a fin de aumentar su legitimidad; difundir toda

aquella información que se genera en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad de

Buenos Aires y es relevante para la comunidad; y ofrecer una justicia más efectiva y

más abierta al ciudadano que incremente la participación de la sociedad en sus

procesos.

Que el artículo 29 de la Ley 31 dispone que, le compete a la Comisión de

Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y

Telecomunicaciones del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, diseñar la política de informática y telecomunicaciones, organizar y

mantener un sistema informático que permita el acceso de todos los usuarios y

agentes del servicio de Justicia a información precisa, permanente y actualizada de

acuerdo a sus competencias.

Que la Secretaría de Planificación, en el ámbito del Centro de Planificación Estratégica

tiene asignadas, entre otras, las funciones de planificar y desarrollar estrategias

tendientes a mejorar los vínculos institucionales del Consejo de la Magistratura con

otros poderes y organismos descentralizados locales, nacionales y del exterior;

interactuar con las distintas áreas del Consejo a fin de contribuir al diseño de

programas concretos que se incluyan en un paradigma común y a la identificación de

una agenda consensuada de prioridades; instrumentar y fortalecer la presencia del

Consejo en redes regionales e internacionales relacionados con la función

jurisdiccional y de administración y gestión judicial.

Que en tal sentido corresponde delegar en la Secretaría mencionada el desarrollo,

implementación y posterior seguimiento del "Plan de Gobierno Abierto del Poder

Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" en el ámbito del Poder Judicial de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Aprobar el desarrollo del "Plan de Gobierno Abierto del Poder Judicial de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires", destinado a establecer los mecanismos

necesarios para otorgar mayor transparencia a la gestión, permitir el acceso total a la

información, y fortalecer los canales de participación ciudadana con el propósito de

consolidar una administración de justicia más transparente, accesible y receptiva, a

través de la utilización de las nuevas tecnologías.

Art. 2°: Delegar en la Secretaría de Planificación, dependiente del Centro de

Planificación Estratégica, el desarrollo, implementación y posterior seguimiento del

"Plan de Gobierno Abierto del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"

aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución.

Art. 3°: Regístrese, comuníquese a la Secretaría de Planificación dependiente del

Centro de Planificación Estratégica, a la Comisión de Administración Financiera,

Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, publíquese en el

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, publíquese en la página de internet

www.jusbaires.gov.ar, y, oportunamente, archívese. García - Olmos

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 224-CMCABA/16 aprueba el Protocolo de Acceso a la Información Pública en el ámbito del Consejo de la Magistratura de la Ciudad, en el marco de la  Resolución N° 219-CMCABA/13.</p>