ACORDADA 17 2013 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

INCORPORACIÓN - INCISO K AL ARTÍCULO 25 - REGLAMENTO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA -ACORDADA N° 7-1998 Y MODIFICACIONES - LICENCIA POR ADAPTACIÓN ESCOLAR DE HIJO - AGENTES DEL TRIBUNAL DERECHO A UNA FRANQUICIA HORARIA DE HASTA QUINCE -15-HORAS DISTRIBUIDAS PLAZO NO MAYOR A UN -1- MES - GOCE DE HABERES - NIVELES DE JARDÍN MATERNAL - PREESCOLAR Y PRIMER GRADO - CONCEDE UNA LICENCIA POR CADA HIJO POR AÑO ESCOLAR   

Publicación:

11/12/2013

Sanción:

06/12/2013

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


En la Ciudad de Buenos Aires, a los 6 días del mes de diciembre de 2013, se reúne el

Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, el señor juez Luis F.

LOZANO, y las Señoras Juezas Alicia E. C. RUIZ e Inés WEINBERG; y

CONSIDERAN:

La Acordada n° 7/1998 estableció el Reglamento Inte rno del Tribunal Superior de

Justicia. En ese acto administrativo se pautaron -de manera general- las obligaciones

y los derechos del personal.

Como señala el artículo 39 del Reglamento, para aquellos casos en que no exista

regulación expresa y siempre que no haya incompatibilidad, será de aplicación el

régimen jurídico básico de la función pública vigente en la Ciudad de Buenos Aires.

En ese orden de ideas, el RI no incluyó dentro del régimen de licencias la que se

otorga por adaptación escolar de hijo, fijado para la administración central de la

jurisdicción por el artículo 24 bis de la ley n° 47 1 en una franquicia horaria de hasta

tres (3) horas diarias durante cuatro (4) días corridos por la ley n° 1577 (Boletín Oficial

n° 2115 del 24/1/2005).

Corresponde entonces la incorporación, mediante el agregado de un nuevo inciso en

el artículo 25 de RI, donde se enuncian las distintas licencias extraordinarias con goce

de haberes.

La Señora Asesora Jurídica ha tomado intervención con su dictamen n° 127-AJ-13.

Por ello, en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución

de la Ciudad;

ACUERDAN:

1. Incorporar el siguiente inciso al artículo 25 del Reglamento del Tribunal Superior de

Justicia -Acordada n° 7/1998 y sus modificaciones-:

"k) Licencia por adaptación escolar de hijo:

Los agentes del Tribunal tienen derecho a una franquicia horaria de hasta quince (15)

horas distribuidas en un plazo no mayor a un (1) mes, con goce de haberes, por

adaptación escolar de hijos en los niveles de jardín maternal, preescolar y primer

grado. Se concederá una licencia por cada hijo, por año escolar".

2. Mandar se registre, se notifique al personal del Tribunal y se publique por un (1) día

en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los señores jueces José O. CASAS y Ana María CONDE no suscriben la presente,

por encontrarse en el día de la fecha en uso de licencia. Lozano - Ruiz - Weinberg

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Acordada 17-TSJ-13 incorpora inc. k al art 25 Acordada 7-TSJ-98 Licencia por adaptación escolar de hijo.