RESOLUCIÓN 5923 2013 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE FIJA PRECIO DE VENTA - VALOR DE PUBLICACIÓN - REVISTA DE HISTORIA ORAL VOCES RECOBRADAS 33 - DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO E INSTITUTO HISTÓRICO DE LA CIUDAD - EJEMPLARES GRATUITOS
Publicación:
03/01/2014
Sanción:
13/12/2013
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Estado:
No vigente
VISTO:
el Expediente N° 6.722.727/2013 y la Disposición 80-DGCG-2009, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados la Dirección General de Patrimonio e Instituto
Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente de la Subsecretaría de
Patrimonio Cultural de este Ministerio, solicita la valorización de la Revista de Historia
Oral "Voces Recobradas" N° 33, de una tirada de UN MIL (1000) ejemplares, se
valoricen DOSCIENTOS (200) ejemplares para proceder a su venta minorista, y se
destinen OCHOCIENTOS (800) ejemplares para distribuir en forma de cortesía, entre
escuelas, bibliotecas y demás instituciones que lo soliciten;
Que, dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que
está realizando este Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en virtud del interés demostrado por numerosos particulares en la compra de
dichos productos, la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico de la Ciudad
de Buenos Aires, requiere se fije el precio de venta minorista;
Por ello, y de conformidad con lo establecido en la Disposición N° 80-DGCG-2012, la
Ordenanza N° 25702 y 25752 y la Ley N° 4013 (B.O.C.B.A. N° 3807)
Art. 1°.-Fíjase, el precio de venta minorista de la Revista de Historia Oral "Voces
Recobradas" N° 33, de DOSCIENTOS (200) ejemplares, en PESOS VEINTE ($ 20,00).
Art. 2°.- Establécese la cantidad de OCHOCIENTOS (800) ejemplares para regalo de
cortesía, para escuelas, bibliotecas y demás instituciones que lo soliciten.
Art.3°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección
General de Patrimonio e Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, quien
deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Fecho remítase al Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría.
Cumplido archívese. Lombardi