LEY 4896 2013
Síntesis:
SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO - FECHA 4-12-2013 - ADDENDA AL CONVENIO DE FECHA 30-10-2003 - LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO - INSTITUTO DE JUEGOS Y APUESTAS DE LA CIUDAD - LEY 1182 - JUEGOS DE AZAR - APUESTAS MUTUAS - RECURSOS DE LA EXPLOTACIÓN DEL JUEGO JUEGO - FONDOS - LEY 2997 - PERCEPCIÓN DE IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - RÉGIMEN DE UTILIDADES - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - PROCEDIMIENTO - CANON ESPECIAL Y SUPLEMENTARIO DEL 3 POR CIENTO- HIPÓDROMO ARGENTINO DE PALERMO SA - CASINO BUENOS AIRES SA- FACULTADES DE LA COMISIÓN DE ENLACE - MODIFICACIÓN
Publicación:
08/01/2014
Sanción:
09/12/2013
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
03/01/2014
Artículo 1°.- Apruébase la addenda al convenio celebrado con fecha 30 de octubre de
2003 entre Lotería Nacional Sociedad del Estado y el Instituto de Juegos y Apuestas
de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado mediante Ley N° 1182 (BOCBA 1829) que,
como anexo, forma parte de la presente.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 6 de enero de 2014
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.896 (E.E. N° 7.191.266-MGEYA-DGALE-
2013), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
sesión del día 9 de diciembre de 2013 ha quedado automáticamente promulgada el
día 3 de enero de 2014.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Clusellas
ANEXOS