DISPOSICIÓN 207 2013 DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Síntesis:

FECHAS DE PRESENTACIÓN DE INFORME - DECLARACIÓN JURADA - REGISTRO PÚBLICO DE ENTIDADES PRESTATARIAS DE SERVICIOS DE MEDICINA PREPAGA- LEY 1517 - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL- DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR 

Publicación:

09/01/2014

Sanción:

05/12/2013

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL


VISTO:

La ley Nacional N° 24.240, las leyes N° 1517 y N° 757, el Decreto N° 1.612/05 y la

Disposición N° 1.653/06 y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley 1517 crea el Registro Público de Entidades Prestatarias de

Servicios de Medicina Prepaga, en ejercicio del poder de policía que le es propio, y

que está a cargo de la máxima autoridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, respecto de la defensa de los consumidores y usuarios;

Que la Disposición N° 1653/06 estableció la obligatoriedad de la inscripción en el

Registro citado, de todas aquellas personas físicas y/o jurídicas definidas en el art. 3

de la ley N° 1517 que presten servicios dentro del ámbito territorial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 9° de la ley mencionada establece que las Entidades Prestatarias

deben presentar un informe con carácter de declaración jurada;

Que el Decreto N° 1612/05 en su art. 1 designa a la Dirección General de Defensa y

Protección del Consumidor como autoridad de aplicación de la Ley N° 1517, como así

también en su art. 2° se faculta al Director General del Organismo mencionado a dictar

las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la correcta aplicación de la

ley citada;

Que es necesario precisar la fecha en la que deberá presentarse el informe con

carácter de Declaración Jurada, del año 2013;

Que a tal efecto, se deberá ordenar que dicho informe sea presentado ante esta

autoridad de aplicación en el mes de diciembre del corriente;

Que mediante Disposición N° DI 2862/DGTALCIU-2013 el Director General de

Defensa y Protección al Consumidor decidió encomendar la firma del despacho de

dicha Dirección en el Director General Técnico, Administrativo y Legal de la Secretaría

de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, Dr. Andrés Bousquet, DNI 28.032.686,

hasta tanto se designe nuevo funcionario que estará a cargo de la Dirección.

Por ello, en uso de las atribuciones que le fueron encomendadas,

EL DIRECTOR GENERAL

TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DISPONE:

Artículo 1° Establécese para las Entidades Prestatarias del Servicio de Medicina

Prepaga que se hallan inscriptas en el Registro creado por Ley N° 1517 que, a partir

del lunes 16 de diciembre y hasta el lunes 30 de diciembre de 2013 inclusive, en el

horario de 9.00 a 14.00 horas y en el domicilio sito en la calle Maipú 169, 3° Piso

(Mesa de Entradas), deberán efectuar la presentación del informe con carácter de

Declaración Jurada, conforme lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 1517.

Artículo 2° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y notifíquese a las entidades obligadas. Bousquet

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 207-DGDYPC-13, establece para las Entidades Prestatarias de Medicina Prepaga que sehallan inscriptas en el marco de la Disposición 2144-DGPYDC-06,, fecha hora y domicilio en que deberán cumplimentar declaraciones juradas -  año 2013.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Disposición  207-DGTALCIU-13, establece fecha y lugar en que las Entidades Prestatarias del Servicio de Medicina Prepaga que se hallan inscriptas  en el marco de la Disposición 1653-DGDYPC-06, deberán efectuar la presentación del informe con carácter de Declaración Jurada,año 2013</p>