DISPOSICIÓN 1 2014 DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - APRA

Síntesis:

MODIFICACIÓN - RESOLUCIÓN N° 20-APRA-11 - APROBACIÓN MODELO DE FORMULARIO DE PAGO DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS - PROCEDIMIENTO DE PAGO - TRÁMITES QUE ABONAN UNA TARIFA SEGÚN LEY TARIFARIA Y MONTOS A ABONAR POR SERVICIOS QUE PRESTA LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - SE DEJA SIN EFECTO MODELO DE FORMULARIO DE CONTROL DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS - SUSTITUYE ANEXO I - DEJA SIN EFECTO ANEXO II 

Publicación:

10/01/2014

Sanción:

07/01/2014

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - APRA


VISTO:

Las Leyes N° 2.628 y N° 3.751, la Resolución N° 20/APRA/11, el Expediente

Electrónico N° 2013-5710880-MGEYA-DGTALAPRA y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de

Buenos Aires, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la

planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la

Política Ambiental de la ciudad;

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la ley precedentemente citada, los

recursos de la Agencia de Protección Ambiental se formarán con los fondos que le

asigne el Presupuesto General de Ingresos y Gastos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y los ingresos correspondientes a la recaudación en su ámbito de

competencia, de manera de garantizar los gastos de funcionamiento que le permitan

cumplir con sus objetivos;

Que en ese sentido, el artículo 10 del mismo cuerpo legal establece que esta agencia

se rige en su gestión financiera, patrimonial y contable por sus disposiciones y por los

reglamentos que a tal fin se dicten;

Que la Ley Tarifaria N° 3.751 determina la alícuota que deberá observarse al momento

de abonar los impuestos, tasas y demás contribuciones previstas en el Código Fiscal

de la Ciudad de Buenos Aires para el año 2011;

Que la Ley Tarifaria se sanciona conforme el presupuesto anual aprobado;

Que la Disposición N° 15/DGTES/09 aprobó el modelo de Boleta Única con Código de

Barras para el cobro de todos los derechos de timbre y/u otros conceptos contenidos

en la ley tarifaria anual y otras leyes y decretos vigentes, dejando constancia que su

implementación será en forma paulatina en las distintas reparticiones;

Que en la actualidad, el uso de la Boleta Unica con Código de Barras para el cobro de

todos los derechos de timbres y/u otros conceptos, se encuentra unificado en todo el

Gobierno de la Ciudad;

Que atendiendo a ello, el formulario de control de Ingresos no tributarios previsto en el

Anexo de la Resolución 20/APRA/2011 resulta disfuncional, desvirtuando el espíritu de

su creación (unificación de criterio), resultando necesario su eliminación del proceso

de pago;

Que el Anexo I de la Resolución 20/APRA/2011 establece el instructivo de

procedimiento para abonar las tarifas;

Que al eliminar el Formulario de control de Ingresos no tributario e se implementarse el

uso de la Boleta Unica con Código de Barras para el cobro de todos los derechos de

timbres y/u otros conceptos, deberá sustituirse el Anexo I de la Resolución

mencionada por el procedimiento para el pago de la boleta referida;

Que el Anexo II de la Resolución 20/APRA/2011 establece el código de la tarifaria a

tener en cuenta para el pago del Formulario de control de Ingresos no tributario, esos

códigos fueron establecidos en base a la Ley tarifaria del 2011, no encontrándose

muchos de ellos, vigentes actualmente;

Que la Resolución N° 20/APRA/2011, en su artículo 4° delega a la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental, la facultad de

dictar normas aclaratorias, complementarias, modificatorias e interpretativas del

procedimiento aprobado por la misma;

Que en ese sentido y frente a los cambios producidos en la operatoria diaria de la

administración central, es que resulta procedente la modificación del Anexo I

-Instructivo de procedimiento para abonar las tarifas- y dejar sin efecto el Anexo II de

la citada Resolución;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención

que le compete.

Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 2.628, el Decreto N°

138/08 y la Resolución N° 125/APRA/13,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1°.- Modifícase la Resolución N° 20/APRA/11, por la cual se aprobó el modelo

de formulario de pago de ingresos no tributarios, se estableció el Procedimiento de

pago de los trámites que requieren el abono de una tarifa según la ley tarifaria y los

montos a abonar por los servicios que presta la Agencia de Protección Ambiental.

Artículo 2°.- Déjese sin efecto el modelo de formulario de control de ingresos no

tributarios, identificado como Anexo de la . Resolución N° 20/APRA/11

Artículo 3°.- Sustituyese el Anexo I de la Resolución N° 20/APRA/11 por el Anexo I,

que como ANEXO SADE N° IF-2014-126572-DGTALAPRA, forma parte integrante de

la presente.

Artículo 4°.- Déjese sin efecto el Anexo II de la Resolución N° 20/APRA/11.

Artículo 5°.- Establécese que los importes a abonar serán los previstos en la Ley

Tarifaria vigente correspondientes a la Agencia de Protección Ambiental.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de

Control, Evaluación Técnica y Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de

Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Casiraghi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4315

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dispos. 1-DGTALAPRA-14 en sus arts. 1° 2° 3° y 4° respectivamente modifica - deja sin efecto modelo de formulario de control de ingresos no tributarios sustituye Anexo I y deja sin efecto Anexo II Res. 20-APRA-11.