LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2013

Síntesis:

DECLARACIÓN DE BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - BAR LOS 36 BILLARES - AV DE MAYO 1265- CATEGORÍA EXPRESIONES Y MANIFESTACIONES INTANGIBLES- OBJETOS Y COLECCIONES - COMISIÓN DE BARES NOTABLES

Publicación:

15/01/2014

Sanción:

05/12/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Exp. N° 2910/D/13

Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Declárase al Bar "Los 36 Billares" ubicado en la Avenida de Mayo 1265,

bien integrante del patrimonio cultural de la Ciudad de Buenos Aires en la categoría

"expresiones y manifestaciones intangibles" en los términos del Artículo 4° inc. j) de la

Ley 1227( B.O. N° 1850)

Art. 2°.- Declárase los bienes integran el Bar "Los 36 billares" que se detallan en el

Anexo, patrimonio cultural de la ciudad de Buenos Aires en el Mar co de la Ley 1227,

Art. 4 inc h) "objetos y colecciones.

Art. 3°.- Encomiéndase a la Comisión e Bares Notables creada mediante Ley 35 el

seguimiento de esta Ley y que eleve a la Comisión de Cultura de la LCABA en un

término máximo de ciento veinte (120) días y previo a la aprobación final de la

presente, un informe indicando el estado de cumplimiento de la misma y los bienes y

objetos que requieren protección patrimonial.

Art. 4°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los Artículos 89° y 90° de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez

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