LEY 4875 2013

Síntesis:

DECLARACIÓN DE PATRIMONIO CULTURAL - BARRIO DE FLORESTA - MONOLITO DE AV GAONA 4299- ESQUINA CALLE BAHÍA BLANCA - LEY 1227 - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

23/01/2014

Sanción:

05/12/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

13/01/2014


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Declárase patrimonio Cultural del barrio de Floresta al monolito sito en la

Avenida Gaona 4299, esquina Bahía Blanca, según lo establecido en el inciso "J" del

artículo 4° de la Ley 1227.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 16 de enero de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.875 (Expediente Electrónico N°

7.362.825/MGEYA/DGALE/13), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en su sesión del día 5 de diciembre de 2013 ha quedado

automáticamente promulgada el día 13 de enero de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Ambiente y Espacio

Público, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura.

Cumplido, archívese. Clusellas