LEY 4855 2013

Síntesis:

DEROGA LEY 4010 - MODIFICA LEY 1913 - LEY NACIONAL 26370 SUPLETORIA - REGLAS DE HABILITACIÓN DEL PERSONAL QUE REALIZA TAREAS DE CONTROL - ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE PÚBLICO EN GENERAL - EMPLEADORES ACTIVIDAD ORGANIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE EVENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

Publicación:

30/01/2014

Sanción:

05/12/2013

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

13/01/2014

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Derógase la Ley 4010.

Art. 2°.- Incorpórase como Artículo 31 de la Ley 1913, que quedará redactado de la

siguiente manera:

"Artículo 31.- En todo lo que no esté previsto por esta ley se aplicará la Ley Nacional

26370, que establece las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de

control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya

actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos

públicos."

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 22 de enero de 2014

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.855 (E.E. N° 7.363.815 -MGEYA-DGALE-

2013), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su

sesión del día 5 de diciembre de 2013 ha quedado automáticamente promulgada el

día 13 de enero de 2014.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 1 de la Ley 4855, deroga la Ley 4010.</p>
MODIFICA
<p>Art. 2 de la Ley 4855, incorpora texto como artículo 31 a la Ley 1913.</p>