LEY 4855 2013
Síntesis:
DEROGA LEY 4010 - MODIFICA LEY 1913 - LEY NACIONAL 26370 SUPLETORIA - REGLAS DE HABILITACIÓN DEL PERSONAL QUE REALIZA TAREAS DE CONTROL - ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE PÚBLICO EN GENERAL - EMPLEADORES ACTIVIDAD ORGANIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE EVENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
Publicación:
30/01/2014
Sanción:
05/12/2013
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
13/01/2014
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Derógase la Ley 4010.
Art. 2°.- Incorpórase como Artículo 31 de la Ley 1913, que quedará redactado de la
siguiente manera:
"Artículo 31.- En todo lo que no esté previsto por esta ley se aplicará la Ley Nacional
26370, que establece las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de
control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya
actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos
públicos."
Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 22 de enero de 2014
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.855 (E.E. N° 7.363.815 -MGEYA-DGALE-
2013), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
sesión del día 5 de diciembre de 2013 ha quedado automáticamente promulgada el
día 13 de enero de 2014.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Clusellas