RESOLUCIÓN 257 2014 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
INSTRUMENTACIÓN -ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA N° 45-09 - COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL - MÉDICOS MUNICIPALES - SUSCRIPTA EL 17 DE NOVIEMBRE DE 2009 ENTRE REPRESENTANTES DEL CONSEJO CENTRAL PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE SALUD Y LA ASOCIACIÓN DE MÉDICOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - INCORPORACIÓN EN PUNTO TERCERO - ACTA PARITARIA DEL 7 DE MAYO DE 2009 - ÁREAS CRÍTICAS DE TRANSPLANTE - ANGIOLOGÍA GENERALY HEMODINAMIA - CIRUGÍA CARDIOVASCULAR Y NEUROCIRUGÍA - YA EXISTENTES DE ANESTESIA - TERAPIA INTENSIVA - UNIDAD CORONARIA Y NEONATOLOGÍA - INCORPORACIÓN DE UNA NUEVA MODALIDAD HORARIA PARA LOS PROFESIONALES DE ANESTESIOLOGÍA - 15 HORAS SEMANALES - SERVICIOS DE GUARDIA COMO TAMBIÉN DE PLANTA
Publicación:
24/02/2014
Sanción:
18/02/2014
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley N° 471, los Decretos Nros 465/04 y 285/10, el Acta de Negociación Colectiva
N° 45/09, el Expediente 2014-02524415-MGEYA-DGTALMH y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 17 de noviembre de 2009 se celebró el Acta de Negociación Colectiva
N° 45/09 de la Comisión Paritaria Sectorial -Médicos Municipales- en el marco del
Título II de la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Consejo
Central para la Negociación Colectiva del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, del Ministerio de Salud y de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad
de Buenos Aires;
Que, mediante dicho acuerdo se estableció incorporar en el punto tercero del Acta
Paritaria del 7 de mayo de 2009, las áreas críticas de Transplante, Angiología General
y Hemodinamia, Cirugía Cardiovascular y Neurocirugía, a las ya existentes de
Anestesia, Terapia Intensiva, Unidad Coronaria y Neonatología;
Que, asimismo, se acordó la incorporación de una nueva modalidad horaria para los
profesionales de anestesiología de 15 horas semanales para los servicios de guardia
como también de planta;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 471, los acuerdos
arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la
misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 45/09, Comisión Paritaria Sectorial -
Médicos Municipales;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 45/09 de la Comisión
Paritaria Sectorial -Médicos Municipales-, suscripta el 17 de noviembre de 2009 entre
los representantes del Consejo central para la Negociación Colectiva del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Ministerio de Salud y de la Asociación de
Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires, la que en copia certificada obra
como Anexo y forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires y,
para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Legal y Técnica
del Ministerio de Salud y a la Dirección General de Administración y Liquidación de
Haberes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del
Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Grindetti
ANEXOS