RESOLUCIÓN 1327 2014 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 1283-ME-14- CREACIÓN DE ESCUELAS - AD-REFERÉNDUM DE LA APROBACIÓN DEL JEFE DE GOBIERNO - ESCUELA INFANTIL 5 DE 2 - CALLE SARMIENTO 2832 - NIÑOS Y NIÑAS DE 45 (CUARENTA Y CINCO) DÍAS A 5 (CINCO) AÑOS DE EDAD - HORARIO DE FUNCIONAMIENTO- MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
14/03/2014
Sanción:
28/02/2014
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
La Resolución 1283/MEGC/14, el Expediente N° 183525-MGEYA-DGEGE/2014, y
CONSIDERANDO:
Que es objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la
garantía de escolaridad, expandiendo la red escolar, creando escuelas para asegurar
la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del
Sistema Educativo;
Que por Resolución N° 1283/MEGC/2014 se creó, ad-referéndum de la aprobación del
Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un establecimiento de
Educación Inicial, destinado a niños de 45 (cuarenta y cinco) días a 5 (cinco) años de
edad, bajo la denominación de Escuela Infantil N° 5 DE 2, que habrá de funcionar en
el inmueble sito en Sarmiento N° 2832, de esta Ciudad, con 16 secciones;
Que resulta necesario modificar el horario de funcionamiento de dicho establecimiento,
debido a la demanda de la comunidad educativa, el que deberá ser de 8:45 a 16:15
hs;
Que la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica y la Dirección
General de Coordinación Legal e Institucional, tomaron la intervención que les
compete.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Modificase el artículo 1° de la Resolución N° 1283/MEGC/14, el que
quedará redactado de la siguiente forma: "Créase, ad-referéndum de la aprobación del
Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Escuela Infantil N° 5
DE 2, con sede en la calle Sarmiento N° 2832 de esta Ciudad, destinada a niños y
niñas de 45 (cuarenta y cinco) días a 5 (cinco) años de edad el cual funcionará en el
horario de 8:45 a 16:15 hs".
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, efectúense
las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión Educativa y
Coordinación Pedagógica, de Gestión Económico, Financiera y Administración de
Recursos, de Políticas Educativas y Carrera Docente, a la Dirección General de
Educación de Gestión Estatal y a la Dirección de Educación Inicial. Cumplido, gírese a
la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional para dar inicio al
procedimiento de ratificación pertinente. Bullrich