RESOLUCIÓN 134 2014 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - AGC - PRESENTISMO - PUNTUALIDAD - ADICIONAL DE ASISTENCIA NO REMUNERATIVO A EMPLEADOS DE PLANTA PERMANENTE DEL ESCALAFÓN GENERAL Y A LOS AGENTES CONTRATADOS RÉGIMEN DE EMPLEO PÚBLICO - DEJA SIN EFECTO LA DISPOSICIÓN 75-AGC-10
Publicación:
18/03/2014
Sanción:
12/03/2014
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
LA LEY N° 2624, LAS RESOLUCIÓNES N° 2081/MHGC/10, N° 66/AGC/13, LA
DISPOSICION N° 75/AGC/10, EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 3209365/MGEYA-
AGC/14, Y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación N° 2.624, la Agencia
Gubernamental de Control (AGC), como entidad autárquica tiene entre sus
competencias las de contralor, fiscalización y regulación en materia de poder de
policía de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través de la Resolución N° 66/AGC/13 y sus modificatorias, se estableció la
estructura orgánico funcional de la AGC, en cuya orbita se halla esta Dirección
General Legal y Técnica;
Que en concordancia con el Acta Paritaria N° 40/GCABA/08, por Resolución N°
2081/MHGC/10, se extendió el pago del Adicional de Asistencia No remunerativo a
empleados de planta permanente del Escalafón General y a los agentes contratados
bajo el régimen del Decreto N° 948/2005 y Resolución N° 1924/MHGC/2007 de la
AGC, en los términos y alcances de lo establecido en Art. 12 de la Resolución N°
1230/MHGC/09;
Que en tal sentido, la Resolución N° 2081/MHGC/10 estableció entre otras cosas que
dicho Adicional de Asistencia se descontaría en su totalidad por cualquier ausencia a
excepción de aquellas producto de accidentes de trabajo y licencia anual ordinaria, a
excepción de las licencias ordinarias que se prorrateen en periodos no menores a diez
días dentro del periodo anual vigente;
Que mediante Disposición N° 75/DGLYT/AGC/10 y Anexo se aprobó el reglamento
respecto del Adicional de Asistencia por puntualidad y presentismo para dicho
personal de la AGC, la que entre otras cosas, estableció el pago del Adicional referido
para ausencias por accidentes de trabajo; francos compensatorios; descanso anual
remunerado; licencia por maternidad; por paternidad; por adopción; por alimentación y
cuidado de hijos; y por fallecimiento de familiar directo;
Que cabe destacar que el Decreto N° 281/10 instruyó a la entonces Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos y a la ex Subsecretaría de Modernización de Gestión
Pública, a elaborar en forma conjunta el Régimen General y Único de Registro de
Asistencia del Personal comprendido en el Artículo 4° del Capítulo II de la Ley 471;
Que de acuerdo con la Ley N° 4013 le corresponde al Ministerio de Modernización
"...diseñar e implementar la Políticas de Gestión y Administración de los recursos
humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...";
Que según el Decreto N° 122/12 es facultad del Ministerio de Modernización
"...diseñar sistemas de control de presentismo de la jornada de trabajo del personal de
la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires...";
Que en tal sentido toda vez que la Disposición N° 75/AGC/10 excede los alcances y
términos de lo dispuesto en la Resolución N° 2081/MHGC/10, y atento que es el
Ministerio de Modernización el órgano competente para intervenir y reglamentar las
normas relativas al control de asistencia de personal del Gobierno de la Ciudad,
corresponde dejar sin efecto la Disposición N° 75/AGC/10.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° inc e) y 12 inc e) de la
Ley 2624,
Artículo 1.- Déjese sin efecto la Disposición N° 75/AGC/10 a partir del día 1ro de
marzo de 2014, respetándose en un todo la vigencia de lo dispuesto en la Resolución
N° 2081/MHGC/10 y concordantes.
Artículo 2.- Dése al Registro. Comuníquese electrónicamente a todas las Direcciones
Generales y Unidades de esta AGC, y a la Subsecretaria de Gestión de Recursos
Humanos dependiente del Ministerio de Modernización. Pase para su conocimiento y
demás efectos a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos dependiente de la
Unidad de Coordinación Administrativa de la AGC. Cumplido, archívese. Gómez
Centurión