RESOLUCIÓN 595 2014 SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO
Síntesis:
ESTABLECE PERÍODO - CARGA DE CONTENIDO DE INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL REGISTRO DE EMPLEADORES ONLINE - EJERCICIO FISCAL 2013 - 1 DE MARZO AL 1 DE MAYO DE 2014 - INSCRIPCIÓN - REQUISITO - CONSORCIOS DE PROPIETARIOS DEBERÁN CONTAR CON UNA DIRECCIÓN DE CORREO PROPIA INSTITUCIONAL.
Publicación:
20/03/2014
Sanción:
07/03/2014
Organismo:
SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO
VISTO:
La Ley N° 265, los Decretos N° 1063/GCBA/09, 660/GCBA/11, 236/GCBA/12,
78/GCABA/14 y 625/GCBA/09, la Resolución N° 285/SSTR/12, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 265 se establecen las competencias de la Autoridad Administrativa
del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las cuales se encuentra la
de llevar un registro de empleadores;
Que el Decreto N° 1063/GCBA09 establece la estructura orgánico-funcional del
Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad, estableciendo como
una de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Trabajo las
competencias de la Autoridad Administrativa del Trabajo;
Que por Decreto N° 660/GCBA/11, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 236/GCBA/12, se modificó la estructura organizativa del Ministerio
de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 78/GCABA/14, se modifica la estructura organizativa del Ministerio
de Desarrollo Económico modificando la denominación de Subsecretaría de Trabajo
por la de Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio;
Que por el Decreto N° 625/GCBA/09 se crea el "Registro de Empleadores Online" de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 285/SSTR/12 se actualizaron las tablas de contenido
de la información requerida por el Registro de Empleadores Online;
Que dicho registro se encuentra en proceso de modificación;
Que se ha detectado que en gran parte de las inscripciones de los consorcios en el
Registro de Empleadores se ha utilizado la dirección de correo de las administradoras
de consorcio;
Que por lo expuesto, resulta necesario establecer que la carga de contenido de la
información requerida por el Registro de Empleadores Online correspondiente al
ejercicio fiscal 2013, sea realizada en el período comprendido entre el 1 de Marzo y el
31 de Mayo de 2014.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese que la carga de contenido de la información requerida por el
Registro de Empleadores Online correspondiente al ejercicio fiscal 2013, deberá
realizarse en el período comprendido entre el 1 de Marzo y el 31 de Mayo de 2014.
Artículo 2°.- Establécese que, a fin de la inscripción en el Registro de Empleadores, los
consorcios de propietarios deberán contar con una dirección de correo propia
institucional.
Artículo 3°.- Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Comuníquese a la Agencia de Sistemas de Información y a la
Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo
Económico. Cumplido, archívese. Sabor