RESOLUCIÓN 157 2014 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE DISPONE LA BAJA OBLIGATORIA DE LA OFICIAL L.P. 2144 CINTIA NOELIA BÁEZ

Publicación:

25/03/2014

Sanción:

12/03/2014

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes Nro. 2.894 y 2.947, el Expediente N° 1022743/11, y

CONSIDERANDO:

Que a instancia de la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo

Policial se solicitó la evaluación por junta Médica de la Oficial LP 2.144 Cintia Noelia

Baez, atento a que comenzó a usufructuar licencia por enfermedad el día 11/04/2011;

Que la Junta Médica conformada a tal fin, concluyó en informe de fecha 15/06/2011

que la Oficial L.P. 2.144 Cintia Noelia Báez no se encontraba apta psicológicamente

para la función policial, mientras que, a través de informe de fecha 19/10/2011, se hizo

saber que la nombrada no se encuentra en condiciones de portar armamento ni apta

para pertenecer a la Policía Metropolitana con estado policial;

Que, la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, en

fecha 07/06/12, por PV-2012-01014816-SICYPDP propició que hasta tanto se resuelva

la continuidad laboral de la Oficial Báez, la misma reviste en función de lo establecido

en el artículo 3 de la Ley N° 2947, con suspensión del estado policial y de lo previsto

en el artículo 4) inciso c) del Decreto N° 380/09;

Que, por PV-2012-01184472-PMCABA el Sr. Jefe de la Policía Metropolitana propició

se adopte la medida mencionada precedentemente;

Que, por Resolución N° 518/MJYSGC/12 se asignó a la Oficial LP 2.144 Cintia Noelia

Báez tareas de índole administrativa, sin embargo nunca asumió las mismas por

encontrarse usufructuando la licencia por enfermedad arriba mencionada;

Que, a través de un nuevo informe, la Junta Médica concluyó que "...Se debe

considerar, dado el diagnóstico del psiquiatra tratante y la evaluación psicodiagnóstica

de esta Institución, que esta patología es de tratamiento crónico...";

Que, desde el día 11 de abril de 2013 comenzó a regir el tercer período de doce

meses de licencia por enfermedad de tratamiento prolongado, conforme lo previsto por

el Artículo 37 de la Ley N° 2947, revistando en consecuencia desde esa fecha en

situación pasiva;

Que, por PV-2013-04759429-SICYPDP, la Superintendencia de Coordinación y

Planificación del Desarrollo Policial, expresó que dado que la Oficial Cintia Báez no

podrá definitivamente reanudar el servicio policial por su estado de patología crónica,

cualquiera fueran las tareas que se le asignaran, corresponde tramitar su baja

obligatoria conforme lo dispuesto en el artículo 49 inciso d) de la Ley N° 2947;

Que, por PV. 05362818-PMCABA/2013 el Jefe de la Policía Metropolitana manifestó

su conformidad en relación al temperamento administrativo que debe adoptarse

respecto de la nombrada;

Que, el artículo 49 inciso d) de la Ley N° 2.947 dispone "La baja obligatoria importa la

exclusión definitiva del personal y la consecuente pérdida de su estado policial. La

baja obligatoria será dispuesta en los siguientes casos:... d) Cuando en los exámenes

psicofísicos periódicos surgiera una disminución grave de las aptitudes profesionales y

personales que le impidan el normal ejercicio de la función policial que le compete, y

no pudiere ser asignado a otro destino ni acogerse a los beneficios previsionales..."

Que por todo lo expuesto y de conformidad con las previsiones del Estatuto del

Personal de la Policía Metropolitana, corresponde disponer la baja obligatoria de la

Oficial LP 2.144 Cintia Noelia Baez, por no encontrarse apto para pertenecer a esta

Institución con estado policial;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Dispónese la baja obligatoria de la Oficial L.P. 2.144 Cintia Noelia Báez

(D.N.I. N° 29.705.247) a partir de la fecha de la presente Resolución, conforme las

previsiones del Artículo 49 inciso d) de la Ley N° 2.947.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección

General Contaduría, a la Dirección General Tesorería, al Instituto Superior de

Seguridad Pública, a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Superintendencia de

Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, a la Obra Social de la Policía

Metropolitana y pase a la Dirección de Administración de Recursos Humanos de la

Policía Metropolitana para su conocimiento, notificación del personal y demás efectos.

Cumplido, archívese Montenegro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Decreto 342-19 desestima  recurso jerárquico subsidiario del recurso de reconsideración interpuesto por Cintia Noelia Báez contra Resolución 157-MJYSGC-14.</p>