CIRCULAR 1 2014 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
DEROGADA - DEROGA CIRCULAR 7-SGCBA-10 - GERENTES Y SUBGERENTES - INSTRUTIVO PARA DIAGNÓSTICOS ESPECIALES - SINDICATURA GENERAL - PLANIFICACIÓN ANUAL- GFI- GPO
Publicación:
26/03/2014
Sanción:
17/01/2014
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
CIRCULAR N° 1/SGCBA/14
Buenos Aires, 17 de enero de 2014
A: Gerentes y Subgerentes de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires.
Ref.: Instructivo para el emisión y redacción de Diagnósticos Especiales.
La presente Circular tiene como objeto establecer el proceso y los criterios para la
redacción y emisión de Diagnósticos Especiales, en el marco de las funciones
otorgadas a esta Sindicatura General en los artículos 121 y 123 de la Ley N° 70.
Los Diagnósticos Especiales son informes integrales e integrados emitidos por la
Subgerencia de Gestión de Proyectos Organizacionales, Área de Diagnósticos
Especiales y Recomendaciones Autónomas (SGPO ADERA), Gerencia de
Fortalecimiento Institucional (GFI), dependientes de este Órgano de Control Interno.
Hay dos clases de Diagnósticos Especiales: aquellos cuya temática requiere de un
abordaje interministerial y se realizan a partir de una Mesa de Diálogo con
representantes de diferentes organismos del Gobierno de la Ciudad intervinientes en
la materia; y aquellos que tratan una o más temáticas dentro de un mismo Ministerio u
organismo, que pueden surgir de relevamientos integrales realizados a tal efecto. Todo
ello, se efectúa desde un abordaje interdisciplinario, respetando pautas técnicas y
jurídicas.
Dichos Diagnósticos se establecen en la Planificación Anual, como así también,
pueden surgir a partir de un requerimiento imprevisto del/la Síndico/a General, del/la
Gerente de la GFI o del/la Subgerente de la SGPO.
Los Diagnósticos Especiales son remitidos a los responsables del/las área/s
interviniente/s y en caso que el Síndico General lo estime pertinente, al Señor Jefe de
Gobierno y/o al Señor Jefe de Gabinete de Ministros. Los mismos podrán ser
acompañados de Recomendaciones Autónomas, las cuales se emiten de acuerdo a
los términos de la Circular N° 5-SGCBA/07.
La Circular N° 7-SGCBA/10 establece el actual instructivo para la confección de
Diagnósticos Especiales.
Por lo expuesto y con miras a lograr una mayor eficacia, eficiencia y economía en el
procedimiento de confección de Diagnósticos Especiales de esta Sindicatura General,
resulta conveniente derogar la Circular N° 7-SGCBA/10 y establecer un nuevo
Instructivo para la confección de Diagnósticos Especiales.
La confección de los Diagnósticos Especiales debe realizarse según lo establecido en
el Anexo I que se adjunta a la presente Circular.
Por tal motivo, se deroga la Circular N° 7-SGCBA/10. Rial
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4365