DECRETO 122 2014
Síntesis:
DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIAS - DESIGNA A GUADALUPE TAGLIAFERRI COMO PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - ÁREA JEFE DE GOBIERNO
Publicación:
28/03/2014
Sanción:
27/03/2014
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 114 y el Expediente N° 3.085.224 -MGEYA-DGTAD/2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le
incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección integral de los derechos
de niños, niñas y adolescentes;
Que la citada normativa establece que el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes estará compuesto por una Dirección Ejecutiva integrada por un/a
presidente/a y una un/a vicepresidente/a, designados por el Jefe de Gobierno;
Que por Decreto N° 80/14 se aceptó la renuncia presentada por la Dra. Yael Silvana
Bendel, DNI N° 26.353.019, CUIL N° 27-26353019-0, como Presidenta del Consejo de
los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, bajo la órbita de la Jefatura de Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que en consecuencia dicho cargo se encuentra vacante;
Que en virtud de lo expuesto, se propicia la designación, a partir del 24 de febrero de
2014, de la Sra. Guadalupe Tagliaferri, DNI N° 24.030.362, CUIL. N° 27-24030362-6,
en el cargo de Presidenta del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, bajo la órbita de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por lo expuesto deviene procedente el dictado de la norma legal pertinente.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 24 de febrero de 2014, a la Sra. Guadalupe
Tagliaferri, DNI N° 24.030.362, CUIL. N° 27-24030362-6, como Presidenta del Consejo
de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes bajo la órbita de la Jefatura de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, partida 2015.0000.M.04.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Modernización y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
dependiente del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Cumplido,
archívese. MACRI - Rodríguez Larreta