DISPOSICIÓN 586 2014 DIRECCION GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

ORDENA APERTURA - REGISTRO DE POSTULANTES - PERMISOS DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO - ELABORACIÓN Y EXPENDIO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS - VENTA AMBULANTE POR CUENTA PROPIA 

Publicación:

07/04/2014

Sanción:

27/03/2014

Organismo:

DIRECCION GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PUBLICO


VISTO:

el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

la Ley N° 1.166, la Ley N° 4.013; el Decreto N° 612/GCBA/2004, el Decreto N°

660/GCBA/2011; el Decreto N° 339/GCBA/2012; el Decreto 342/GCBA/13; y el

Expediente Electrónico N° 3655551-MGEYA-DGOEP-2014; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 11.1.2 del Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (texto conforme Ley N° 1.166) prohibe "la venta,

comercialización o ejercicio de actividad comercial y la elaboración de productos

alimenticios, en el Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a toda

persona que no se encuentre expresamente autorizada por medio de un permiso de

uso";

Que el artículo 11.1.5 del mencionado Código de Habilitaciones y Verificaciones

estipula que "la Autoridad de Aplicación, debe crear un Registro de Postulantes para

Permisos de Uso para ventas en el Espacio Público, contemplados en los capítulos

11.2 y 11.3, y reglamentará su funcionamiento";

Que el Decreto N° 612/GCBA/04 reglamenta la Ley N° 1.166 disponiendo el

mecanismo para la tramitación de permisos de uso para ventas en el Espacio Público;

Que dicho mecanismo prevé la obligatoria inscripción del solicitante en el Registro de

Postulantes de Permisos para la Venta en el Espacio Público, como paso previo a la

resolución de la solicitud de dicho permiso;

Que el Decreto 342/GCBA/13 publicado en el Boletín Oficial de fecha 26 de Agosto de

2013, transfirió el ejercicio de la competencia de la Ley N° 1.166 desde la Dirección

General de Higiene y Seguridad Alimentaria, dependiente de la Agencia

Gubernamental de Control, a la Dirección General de Ordenamiento y Espacio Público

dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, del Ministerio de

Ambiente y Espacio Público;

Que mediante Nota N° 4838540-DGOEP-2013 de fecha 25 de septiembre de 2013 la

Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, en su carácter de autoridad

de aplicación de la Ley N° 1.166, solicitó a la Dirección General de Higiene y

Seguridad Alimentaria la transferencia de toda documentación pertinente obrante en

su repartición así como el respectivo Registro de Postulantes;

Que con fecha 12 de diciembre de 2013 la Dirección General de Higiene y Seguridad

Alimentaria remitió copia certificada del mencionado Registro de Postulantes para

Venta en el Espacio Público;

Que desde el momento en el cual operó la transferencia de la competencia

administrativa esta Dirección General se encuentra recibiendo expedientes con

solicitudes de inscripción al Registro de Postulantes para Venta en el Espacio Público

conforme la Ley N° 1.166;

Que respecto de las solicitudes presentadas, se ha procedido a verificar el

cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 1.166 y en el Decreto N°

612/GCBA/04;

Que habiendo verificado la existencia de solicitudes que cumplen con los requisitos

establecidos en la legislación vigente corresponde disponer la inscripción de los

postulantes en el correspondiente Registro;

Que la Disposición N° 370/GCABA/DGHySA/08 de fecha 30 de mayo de 2008 dispuso

en su artículo primero el cierre del Registro de Postulantes para la obtención de

Permisos de Uso en la Vía Pública para Elaboración y Expendio;

Que el Decreto N° 342/DGOEP/2013 señala en sus considerandos que "se advierte

necesaria la ejecución de un proceso de ordenamiento integral del espacio público que

atienda a la problemática de los permisos de venta de comida en forma conjunta y

coordinada con el resto de los permisos otorgados en el espacio público y decide

instrumentar los medios necesarios para asegurar que la administración cumpla de

manera coordinada con su obligación de decidir oportunamente todas las peticiones

que le sean planteadas respecto de los permisos contemplados en el Código de

Habilitaciones y Verificaciones.-

Que en este sentido, corresponde disponer la apertura del Registro de Postulantes

para Venta en el Espacio Público, a fin de dar continuidad al proceso de ordenamiento

mencionado en el Decreto N° 342/GCBA/2013;

Que la Coordinación de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete,

emitiendo el dictamen legal correspondiente;

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 660/11 y sus

modificatorios,

EL DIRECTOR GENERAL DE ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Ordénase la Apertura del Registro de Postulantes para los Permisos de

Uso del Espacio Público contemplados en los capítulos 11.2 y 11.3 del Código de

Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo

dispuesto por Ley N° 1.166.

Artículo 2°.- Publíquese. Regístrese. Cumplido Archívese. Alabuenas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 586-DGOEP-14, ordena la Apertura del Registro de Postulantes para los Permisos de Uso del Espacio Público contemplados en los capítulos 11.2 y 11.3 del Código de Habilitaciones y Verificaciones, conforme lo dispuesto por Ley 1166.</p>