RESOLUCIÓN 125 2014 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
RECTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 114-SSTRANS-14 - LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL - DETERMINACIÓN DEL TIPO DE PARQUÍMETROS MULTIESPACIO (TICKEADORAS) EL SOFTWARE DE ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA Y EL APLICATIVO PARA TELÉFONO CELULAR MEDIANTE LA COMPULSA DE TECNOLOGÍAS Y PRECIOS DENTRO DEL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA OTORGAR BAJO EL RÉGIMEN JURÍDICO DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON EL SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO REGULADO
Publicación:
10/04/2014
Sanción:
03/04/2014
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
La Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 95/14, la Resolución N°
114/SSTRANS/14 y el Expediente N° 3133781/14, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación consignada en el VISTO, tramita el llamado a Concurso Público
Nacional e Internacional para determinar el tipo de parquímetros multiespacio
(tickeadoras), el software de administración centralizada y el aplicativo para teléfono
celular, mediante la compulsa de tecnologías y precios dentro del marco de la
Licitación Pública Nacional para otorgar bajo el régimen jurídico de concesión de
servicio público, la prestación de los servicios relacionados con el Sistema de
Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, regido por las
Leyes N° 4.003 y 4.888;
Que mediante Resolución N° 114/SSTRANS/14 se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y se llamó a Concurso Público Nacional e Internacional para
el día 25 de abril de 2014 a las 12:00 horas;
Que dicho acto administrativo contiene un error meramente material en el VISTO con
respecto a la referencia al número de expediente por el que tramitan las actuaciones;
Que en ese sentido, se destaca que en el VISTO donde dice "el Expediente N°
31363781/14, y" debiera decir: "el Expediente N° 3133781/14, y";
Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires dispone que: "en cualquier momento podrán rectificarse los errores
meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere
lo sustancial del acto o decisión";
Que en estas condiciones y tratándose de un error meramente material que no altera
el contenido sustancial de la Resolución N° 114/SSTRANS/14, de fecha 26 de marzo
de 2014 (BOCBA N° 4365), corresponde rectificar el VISTO de dicha resolución de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Rectifícase la Resolución N° 114/SSTRANS/14 de fecha 20 de marzo de
2014, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de fecha 26 de
marzo de 2014, quedando el VISTO redactado de la siguiente forma:
"VISTO: La Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 95/14, la Resolución N°
114/SSTRANS/14 y el Expediente N° 3133781/14, y"
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones para la prosecución de su trámite.
Cumplido, archívese. Dietrich