DECRETO 143 2014
Síntesis:
DESIGNACIÓN DE SUBDIRECTOR MÉDICO - CARÁCTER INTERINO - ALEJANDRO OSCAR FERNÁNDEZ - HOSPITAL DE ONCOLOGÍA MARÍA CURIE - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
16/04/2014
Sanción:
15/04/2014
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/87 y la Resolución N°
375/SSySHyF/06 y modificatorias, el E.E. N° 7283604/2013 (DGRS3), y
CONSIDERANDO:
Que se encuentra vacante el cargo de Subdirector Médico, con 44 horas semanales,
del Hospital de Oncología "María Curie", del Ministerio de Salud;
Que en consecuencia, la Dirección General Región Sanitaria III, de la Subsecretaría
Atención Integrada de Salud, del Ministerio que nos ocupa, manifiesta la necesidad de
cubrir el mismo;
Que por lo expuesto se propicia designar con carácter interino en el precitado cargo al
Dr. Alejandro Oscar Fernández, D.N.I. N° 11.438.382, CUIL. N° 20-11438382-2, legajo
personal N° 272.995;
Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto
en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455,
reglamentada por Decreto N° 2745/87 y la Resolución N° 375/SSySHyF/06, y
modificatorias;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.-Desígnase con carácter interino al Dr. Alejandro Oscar Fernández, D.N.I.
N° 11.438.382, CUIL. N° 20-11438382-2, legajo personal N° 272.995, como
Subdirector Médico, con 44 horas semanales, partida 4022.0200.MS.17.007 (P.61),
del Hospital de Oncología "María Curie", del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo
dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza
N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/87 y la Resolución N° 375/SSySHyF/06,
y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe División
Terapia Radiante, titular, con 40 horas semanales, partida 4022.0200.MS.17.011
(P.63), del citado Hospital.
Artículo 2°.-El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud y el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Reybaud - Rodríguez Larreta