DISPOSICIÓN 384 2014 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

PRÓRROGA DE FECHA DE PAGO DE LA TASA ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 24 POR LA LEY TARIFARIA 2014- ASCENSORES REGISTRADOS - PAGO DE LA TASA PARA ELEVADOR EXISTENTE Y FUTURO - PLAZOS - MODALIDAD DE PAGO - VENCIMIENTO - INSTALACIÓN DE ELEVADORES - TARIFAS

Publicación:

06/05/2014

Sanción:

29/04/2014

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS


VISTO:

la Resolución 66/AGC/13, la Resolución 87/AGC/2013, la Resolución N° 430/AGC/13,

la Disposición N° 1050/DFyCO/2013, la Disposición N° 1100/DGFyCO/2013, La

Disposición N° 37/DGFYCO/2014, el Expediente Electrónico N° 4371958/2013 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 430/AGC/2013, de fecha 17/09/2013, se encuentra

aprobado el proyecto "Ascensores Registrados" a cargo de esta Dirección General de

Fiscalización y Control de Obras;

Que la Disposición N° 1100/AGC/2013 establece en su ANEXO III, el pago de la tasa

que contempla la Ley Tarifaria para cada elevador existentes y futuros;

Que la mencionada Disposición no establece plazo de exigibilidad sobre el pago de la

tasa para los elevadores ya existentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, por lo que resulta necesario fijar modalidad y vencimiento del plazo para su

cancelación y/o pago;

Que debe establecerse la fecha calendario que determine la exigibilidad anual de

dicha tasa; Que asimismo, resulta necesario establecer la modalidad y el tiempo en el

que será aplicable la tasa para las instalaciones futuras de elevadores;

Que mediante Disposición N° 37/DGFYCO/2014 se prorrogó por única vez hasta el 30

de abril de 2014 como último día para efectuar el pago de la tasa establecida en el

artículo 24 por la Ley Tarifaria 2014;

Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS

DISPONE

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 31 de julio de 2014 inclusive como último día, para

efectuar el pago de la tasa establecida en el artículo 24 por la Ley Tarifaria 2014.

Artículo 2°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y notifíquese. Alonso

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Disposición 384-DGFYCO-14 prorroga el plazo previamente establecido por la Disposición 37-DGFYCO-14.