RESOLUCIÓN 84 2014 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
Síntesis:
APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL NOMENCLADOR GENERAL DE ACCIONES - PROYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL - CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 7 - APRUEBA CURSOS - CERRAJERÍA - CLIMATIZACIÓN Y REFRIGERACIÓN - INDUMENTARIA - ELECTRICIDAD - INDUMENTARIA
Publicación:
30/05/2014
Sanción:
05/03/2014
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
VISTO:
El Expediente N° 7403338/13 y,
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución N° 1932/SED/02 aprueba el Nomenclador General de Acciones de
Formación Profesional que se ofrecen a través del Programa "Proyectos de Formación
Profesional" y de los Centros Anexos a las Escuelas Técnicas;
Que, por el Decreto N° 472/MEGC/10 y la Resolución N° 948/MEGC/11, el Programa
"Proyectos de Formación Profesional" pasó a funcionar bajo la órbita de la Dirección
Operativa de Educación y Trabajo dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica;
Que, por el Decreto N° 335/GCABA/11, la Dirección Operativa de Educación y Trabajo
pasó a denominarse Gerencia Operativa de Educación y Trabajo
Que, el Equipo Técnico y de Evaluación de la Coordinación del Programa "Proyectos
de Formación Profesional", ha considerado pertinente el pedido de autorización de
dictado de acciones existentes en el NGA realizado por parte del Centro de Formación
Profesional N° 7.
Que el mismo ha producido un informe favorable para que las mismas se lleven a
cabo;
Que en orden a lo expuesto, corresponde el ajuste al Nomenclador mediante la
autorización al mencionado Centro para la ejecución de las acciones aprobadas
oportunamente mediante Resolución N° 1932/SED/02;
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución 1632/MEGC/13,
Artículo 1.- Apruébase la modificación del nomenclador general de acciones,
autorizando al Centro de Formación Profesional N° 7 a ejecutar las acciones de
formación que se consignan en el Anexo I (IF-2014- 02541715-DGCLEI), que, a todos
los efectos, forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Dar intervención a la Coordinación del Programa "Proyectos de Formación
Profesional" para que las acciones aprobadas por el artículo 1 de la presente, sean
supervisadas en su desarrollo curricular y en la certificación de aprobación que se
extienda a los alumnos
Artículo 3.- Déjase constancia de que lo aprobado en el Artículo 1 no lleva implícito el
derecho a percibir aporte gubernamental por parte del Ministerio de Educación.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese por copia a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación
Pedagógica, a las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Coordinación
Legal e Institucional - Gerencia Operativa de Títulos y Legalizaciones -, a la Gerencia
Operativa de Currículum, Dirección de Formación Técnico Superior, a la Comisión
Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento
Docente y pase a la a la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo a efectos de
posteriores trámites. Cumplido, archívese. Ravaglia
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4407