RESOLUCIÓN 145 2014 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
Síntesis:
APRUEBA MODIFICACIÓN - NOMENCLADOR GENERAL DE ACCIONES - AUTORIZA AL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL N° 16 A EJECUTAR ACCIONES DE FORMACIÓN - PROGRAMA PROYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE LOS CENTROS ANEXOS A ESCUELAS TÉCNICAS
Publicación:
30/05/2014
Sanción:
15/04/2014
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
VISTO:
El Expediente N° 3.564.537/14, y
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución N° 1932/SED/02 aprueba el Nomenclador General de Acciones de
Formación Profesional que se ofrecen a través del Programa "Proyectos de Formación
Profesional" y de los Centros Anexos a las Escuelas Técnicas;
Que, por el Decreto N° 472/10 y la Resolución N° 948/MEGC/11, el Programa
"Proyectos de Formación Profesional" pasó a funcionar bajo la órbita de la Dirección
Operativa de Educación y Trabajo dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica;
Que, por el Decreto N° 335/11, la Dirección Operativa de Educación y Trabajo pasó a
denominarse Gerencia Operativa de Educación y Trabajo;
Que, el Equipo Técnico y de Evaluación de la Coordinación del Programa "Proyectos
de Formación Profesional", ha considerado pertinente el pedido de autorización de
dictado de acciones existentes en el NGA realizado por parte del Centro de Formación
Profesional N° 16, produciendo un informe favorable para que las mismas se lleven a
cabo;
Que en orden a lo expuesto, corresponde el ajuste al Nomenclador mediante la
autorización al mencionado Centro para la ejecución de las acciones aprobadas
oportunamente mediante Resolución N° 1932/SED/2002;
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 1632/MEGC/13,
Artículo 1.- Apruébase la modificación del nomenclador general de acciones,
autorizando al Centro de Formación Profesional N° 16 a ejecutar las acciones de
formación que se consignan en el Anexo (IF-2014-04273767-DGCLEI) que, a todos los
efectos, forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Dese intervención a la Coordinación del Programa "Proyectos de
Formación Profesional" para que las acciones que figuran en el anexo, sean
supervisadas en su desarrollo curricular en la designación del personal docente a
cargo de las mismas y en la certificación de aprobación que se extienda a los alumnos.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense
las Comunicaciones Oficiales a la Subsecretaría de Gestión Económica, Financiera y
Administración de Recursos, a la Dirección General de Administración de Recursos y a
la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo. Gírese a la Subsecretaría de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica. Cumplido, archívese. Ravaglia
ANEXOS