RESOLUCIÓN 318 2014 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
RECTIFICA RESOLUCIÓN N° 249-AGC-14 - ARTÍCULO 4 - CAMBIOS DE DENOMINACIONES - GERENCIA - UNIDAD DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA - MISIONES Y FUNCIONES
Publicación:
02/06/2014
Sanción:
26/05/2014
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
LA LEY N° 2.624, LA RESOLUCIÓN N° 249/AGC/14, Y EL EXPEDIENTE
ELECTRONICO N° 05849939/MGEYA/AGC/2014, Y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución N° 249/AGC/14, se modificó la estructura
organizativa de determinadas áreas de esta Agencia Gubernamental de Control
(AGC);
Que por la Nota N° 005842387/AGC/14, la Unidad de Coordinación Administrativa de
esta AGC solicitó se rectifiquen errores materiales involuntarios consignados en la
misma, como así también ciertas modificaciones en el Anexo IV relativo a misiones y
funciones de áreas de esta AGC;
Que en tal sentido, en el artículo 4 de la Resolución N° 249/AGC/14 se estableció el
cambio de denominación de la "Subgerencia Operativa Capacitación y Desarrollo" por
el de "Gerencia Operativa Desarrollo", cuando la correcta es "Subgerencia Operativa
Desarrollo";
Que asimismo en el Anexo V de la citada resolución, se consignó "subgerente
operativo gestión documental, siendo el correcto "subgerente operativo gestión
diferencial";
Que en el Anexo VI del mencionado acto administrativo, se señaló la Gerencia
Operativa de Capacitación como dependiente de la "Unidad de Coordinación General",
cuando la correcto es de la "Unidad de Coordinación Administrativa ";
Que por otra parte la Unidad de Coordinación Administrativa solicitó incluir entre las
misiones y funciones establecidas en el Anexo IV de la Resolución N° 249/AGC/14
relativas a la Gerencia Operativa de Capacitación la de "Coordinar y administrar el
Registro de Manipuladores de Alimentos y el Registro de Capacitadores Internos";
Que en el mismo sentido, se solicita rectificar las misiones y funciones establecidas en
el mencionado Anexo IV, respecto de la Subgerencia Operativa Registro de
Establecimientos Productivos y Productos Alimenticios, dejándose establecida que la
función correcta es la de "Coordinar y administrar el Registro de Manipuladores de
Alimentos y el Registro de Capacitadores externos acreditados ante el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires";
Que en virtud de lo expuesto y en los términos de lo dispuesto por el artículo 120 del
DNU 1510/97 corresponde dictar el acto administrativo pertinente a los efectos de
receptar las modificaciones solicitadas;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y
Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley N°
2624,
Artículo 1.- Rectifícase el artículo 4 de la Resolución N° 249/AGC/14, donde se
estableció el cambio de denominación de la "Subgerencia Operativa Capacitación y
Desarrollo" por el de "Gerencia Operativa Desarrollo", siendo la correcta "Subgerencia
Operativa Desarrollo"
Artículo 2.- Rectifícase el Anexo V de la Resolución N° 249/AGC/14, donde se
consignó "subgerente operativo gestión documental, siendo el correcto "subgerente
operativo gestión diferencial".
Artículo 3.- Rectifícase el Anexo VI de la Resolución N° 249/AGC/14, donde se
consignó la Gerencia Operativa de Capacitación como dependiente de la "Unidad de
Coordinación General", cuando la correcta es "Unidad de Coordinación
Administrativa".
Artículo 4.- Modifícase el Anexo IV de la Resolución N° 249/AGC/14 incluyéndose
entre las misiones y funciones de la Gerencia Operativa de Capacitación dependiente
de la Unidad de Coordinación Administrativa la de "Coordinar y administrar el Registro
de Manipuladores de Alimentos y el Registro de Capacitadores Internos".
Artículo 5.- Rectifícase el Anexo IV de la Resolución N° 249/AGC/14 respecto de las
misiones y funciones de la Subgerencia Operativa Registro de Establecimientos
Productivos y Productos Alimenticios de la Gerencia Operativa Planificación y
Tecnología Alimentaria dependiente de la Dirección General de Higiene y Seguridad
Alimentaria, en su punto 3, siendo correcta la de ""Coordinar y administrar el Registro
de Manipuladores de Alimentos y el Registro de Capacitadores externos acreditados
ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires".
Artículo 5.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaria de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a todas las Direcciones
Generales y Unidades de esta AGC, a la Gerencia Operativa Administrativa y
Financiera y pase a la Gerencia Operativa Recursos Humanos, dependiente de la
Unidad de Coordinación Administrativa para su notificación a los interesados..
Cumplido, archívese. Gómez Centurión