LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2001
Síntesis:
CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN INTEGRAL - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU - A LA IGLESIA SAN JUAN EVANGELISTA, UBICADA EN LAS CALLES OLAVARRÍA 472-86 - GRAL. GREGORIO ARÁOZ DE LAMADRID 475-85 Y MARTÍN RODRÍGUEZ S-N
Publicación:
27/12/2001
Sanción:
20/11/2001
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Ley
(Aprobación inicialconforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la
Constitución delaCiudad Autónoma de Buenos Aires)
Artículo 1° - Catalógase con Nivel de Protección Integral en
los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3
«Catalogación» del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble denominado
Iglesia San Juan Evangelista, localizado en las calles Olavarria 472/86, Gral.
Gregorio Aráoz de Lamadrid 475/85 y Martín Rodríguez s/n° de esta Ciudad,
asentado en la Circunscripción 4, Sección 6, Manzana 26, Parcela 7.
Artículo 2° - Incorpórase el inmueble catalogado por el
Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación"
del Código de Planeamiento Urbano. La incorporación al Catálogo, no dará lugar
a la transferencia de la capacidad constructiva de la parcela, contemplada en
el artículo 10.1.6 del Código de Planea-miento Urbano.
Artículo 3° - La Dirección General de Fiscalización de Obras
y Catastro deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la
catalogación establecida por el Artículo 1°.
Artículo 4° - El Informe Técnico N° 3838-DGPeIU-2000 de la
Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística dependiente de
la Secretaría de Planeamiento Urbano, la nota correspondiente del Consejo
Asesor de Asuntos Patrimoniales de fecha 29 de agosto de 2000 y la Ficha de
Catalogación N° 6-26-7, documentación ésta que ha recaído en el Expte. N°
10.809-99 y agregados (registro del Organo Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires), constituye en copia certificada, el Anexo I que a
todos sus efectos forma parte de la presente Ley.
Artículo 5° - Publíquese y cúmplase lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad. FELGUERAS - Alemany
ANEXOS
Ver archivo 1
Ver archivo 2
Ver archivo 3
Ver archivo 4
Ver archivo 5
Ver archivo 6
Ver archivo 7
Ver archivo 8